REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 25 de Septiembre de 2014
Años: 204° y 155°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: PETRA LISMARY AGUILAR GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.992.235 y domiciliada en la Candelaria II de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y CARLOS LUIS SEQUERA TORREALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.645.936 y domiciliado en la Calle 4 de la Candelaria II de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana YENNY COROMOTO MOLINA PEDRAZA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 19.035.240 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que la solicitante dice poseer sobre un lote de terreno del Inti, ubicado en la Calle 2 entre Avenidas 2 y 3 Comunidad la Candelaria II de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en un área Total de Terreno de 412,80 y un área de Construcción de 24,00 Mts2, dicha bienhechuría posee las siguientes características: una (1) casa de una (1) sola pieza, construidas con paredes de bloque, techo de zinc, piso de cemento rustico, con una (1) puerta de entrada de madera, cercada perimetralmente dichas bienhechurías con empalizada construida con estantillos de madera viva y muerta con cuatro (4) cintas o pelos de alambres de púas, con servicios de electricidad y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa y Solar de Ana Molina y Casa y Solar de Aida Barranco en 34,40ml; SUR: Terreno Angela Galindez y Casa y Solar de Norkis Gutiérrez en 34,40 ml; ESTE: Calle 1 en 12,00 ml OESTE: Calle 2 ( su frente) en 12,00 ml; según se evidencia en el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO, Código Catastral Nº 22 03 01 R01 137 05 21 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 16 de Septiembre del año 2013. Devuélvase original con sus resultas a las partes interesadas y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 3432/2014.-



El Juez

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA

La Secretaria,

Abg. ERLEN MARTINEZ