REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 27 de abril de dos mil quince (2015)
205° y 156°

Vista la diligencia suscrita en fecha veintidós (22) de abril de dos mil quince (2015), por el abogado PEDRO ABELARDO LÓPEZ, inscrito en el Colegio de Abogados y su Instituto de Previsión Social bajo el nº 16.757, quien funge como demandado y solicitó la notificación de la referida sentencia a la parte actora, este Tribunal observando que la actora no se encuentra notificada acuerda tal pedimento por ajustarse a derecho. En consecuencia, se ordena notificar a la parte actora SUCESIÓN SALAZAR RUBIO, conformada por los ciudadanos MARIA YOLANDA RUBIO (viuda de Salazar), LEONARDO RAFAEL SALAZAR RUBIO, KARLA MAYARE SALAZAR RUBIO, LUIS RODOLFO SALAZAR RUBIO, MARIA KATHERINE SALAZAR RUBIO y LUIS RODOLFO SALAZAR RUBIO venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nros. V- 3.007.197, V- 16.422.341, V- 11.105.064, 12.518.503, V- 11.107.857, respectivamente, y/o en la persona de sus apoderados judiciales MAURO ORLANDO VILORIA GONZALEZ y SORBEY E. GONZALEZ MURILLO, abogados en ejercicio e inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 63.113 y 104.877, respectivamente. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta de notificación. Cúmplase.
EL JUEZ,


Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.

LA SECRETARIA,



Abg. MARÍA ELVIRA REIS





Exp. AP71-R-2008-000124 (9759)


















LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 27 de abril de dos mil quince (2015)
205° y 156°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:


A la SUCESIÓN SALAZAR RUBIO, conformada por los ciudadanos MARIA YOLANDA RUBIO (viuda de Salazar), LEONARDO RAFAEL SALAZAR RUBIO, KARLA MAYARE SALAZAR RUBIO, LUIS RODOLFO SALAZAR RUBIO, MARIA KATHERINE SALAZAR RUBIO y LUIS RODOLFO SALAZAR RUBIO venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nros. V-3.007.197, V-16.422.341, V-11.105.064, V-12.518.503, V-11.107.857, respectivamente representada Judicialmente por los Profesionales del Derecho MAURO ORLANDO VILORIA GONZALEZ y SORBEY E. GONZALEZ MURILLO, abogados en ejercicio e inscritos en el Colegio de Abogados y su Instituto de previsión social bajo los Nros. 63.113 y 104.877, respectivamente, en su condición de parte actora en el presente juicio, que por auto de esta misma fecha este Juzgado Superior acordó notificarla del fallo dictado por esta alzada en fecha primero (1) de abril de dos mil trece (2013), mediante la cual entre otros puntos declaró CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandadas y los terceros intervinientes en contra de la sentencia de fecha 12 de agosto de 2005, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Notificación que se le hace a usted, de conformidad con lo establecido en el artículo 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de pagina la presente boleta en señal de haber sido notificada, con inserción de la fecha y la hora.-


DIOS Y FEDERACIÓN
EL JUEZ,


Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.


FIRMA: __________ FECHA: __________ HORA: _______________

Domicilio: Calle 5 con carreras 3 y 4, edificio Los Capachos, piso 2, oficina 7, Ciudad de San Cristóbal Edo. Táchira.


Exp. AP71-R-2008-000124 (9759)