REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA






TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 8 de abril de 2.015
Años: 204° y 156°


Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, ciudadanas ILIMAR MAYBELYN ROJAS CASTILLO y MARÍA EUGENIA TORREALBA GONZÁLEZ, venezolanas, mayores de edad, solteras, titulares de la cédula de identidad N° V-17.256.156 y V-7.557.976 respectivamente, la primera domiciliada en el sector La Pradera, avenida Principal, lado A, casa sin número, Municipio Cocorote del Estado Yaracuy y la segunda domiciliada en la urbanización La Ascensión, casa N° 13, vereda 4, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente, para asegurar el derecho que le corresponde a los ciudadanos AMABILIS JOSEFINA MARTÍNEZ DE CAMACARO, AMAILY PAOLA CAMACARO DE PARRA, PABLO JOSÉ CAMACARO MARTÍNEZ, PEDRO JOSÉ CAMACARO MARTÍNEZ, JUAN JOSÉ CAMACARO MARTÍNEZ y ARIANA PAOLA CAMACARO MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad N° V-3.911.402, V-11.274.946, V-13.619.442, V-14.608.977, V-16.950.416 y V-19.818.828, respectivamente, esposa e hijos del De Cujus, ciudadano PABLO JOSÉ CAMACARO AZUAJE, quien era venezolano, mayor de edad, casado y titular de la cédula de identidad N° V-3.456.438; quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros. Devuélvase a la parte interesada. Déjese copia de esta providencia.
EL JUEZ,


ABG. CESAR AUGUSTO RODRÍGUEZ ACOSTA.
LA SECRETARIA,


ABG. CELSA L. GONZÁLEZ A.

En la misma fecha de hoy, y tal como fue ordenado, se devuelve constante de sus folios útiles.

LA SECRETARIA,


ABG. CELSA L. GONZÁLEZ A.