REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 14 de abril de 2015
Años: 204º y 156º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, la ciudadana ROSA ANGELA SEQUERA SEQUERA, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en Las Mercedes, sector Pantanal, calle 3, diagonal a la Casa Comunal, casa número 19, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 10.372.230 y la ciudadana KARLA YANETH MONTANEZ OCHOA, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en la avenida 10, entre calles 15 y 16, casa número 15-9, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 19.817.989, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en los artículo 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; SE DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de BRUNO ROJAS OROZCO, quien era venezolano, mayor de edad, quien estuvo domiciliado en la urbanización Vista Alegre, avenida 12, casa número 216, municipio Independencia, estado Yaracuy y titular de la cédula de identidad número 1.356.459; suficientes para asegurarle el derecho que le corresponde a las ciudadanas MARÍA JESÚS GIL de ROJAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 3.353.661, ARACELYS SOBEIDA ROJAS GIL, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 11.274.798, y ZULIMAR ROJAS GIL, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 14.710.230, asistidas del abogado DARWIN MANUEL CAMACARO MORA, inscrito en el Inpreabogado según matrícula N° 168.474. Se dejan salvo los derechos de terceros. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia en el archivo del tribunal.
El Juez,
Abg. Raimond M. Gutiérrez
La Secretaria,
Abg. Andreina J. Rodríguez R.-
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de quince (15) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,
Abg. Andreina J. Rodríguez R.-
Exp. N° 2.488-15/RMGM/AJRR/dnpb.
SENTENCIA NÙMERO: 1.591-15