REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 8 de abril de 2015
Años: 204º y 156º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, las ciudadanas LEONOR ANTONIA CAMACHO DE ORTIZ, venezolana, mayor de edad, casada, domiciliada en Las Mercedes, calle 3, casa sin número, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 18.547.027 y NAARA EDREIZ CAMACARO GARCÍA, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en Las Mercedes, calle Alfonzo López, callejón El Milagro, casa sin número, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 23.574.369, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes para asegurar el derecho de propiedad a favor de la ciudadana MARITZA ELENA HENRIQUEZ OCHOA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad número 12.820.683, asistida por la abogada WILLIANY PAMELA ROMERO LÓPEZ, inscrita en el Inpreabogado según matrícula número 232.325; sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, construidas sobre un área de terreno propiedad municipal, que mide tres mil doscientos ochenta y seis metros cuadrados con veinticuatro centímetros cuadrados (3.286,24 m2), con un área de construcción que mide ochenta y ocho metros cuadrados con treinta y cinco centímetros cuadrados (88,35 M2); ubicadas en calle 3 de Las Mercedes, sector La Esperanza, municipio San Felipe, estado Yaracuy, las cuales consisten en una (1) casa, constante de tres (3) habitaciones, un (1) baño, una (1) sala, una (1) cocina, un (1) comedor, un (1) porche, techo de acerolit, piso de cemento pulido y con cerca de alambre de púa, alinderadas de la siguiente manera: Norte: (73,04 ML) Casa que es o fue de Mireya Camacaro; Sur: (69,97 ML) terreno municipal; Este: (45,80 ML) Calle principal La Esperanza y Oeste: (46,11 ML) Casa que es o fue de Freddy Serrano.- Se dejan a salvo los derechos de terceros.- Entréguense a la solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
El Juez,
Abg. Raimond M. Gutiérrez M. La Secretaria,
Abg. Andreina J. Rodríguez R.-
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de nueve (9) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,
Abg. Andreina J. Rodríguez R.-
Exp. N° RMGM/AJRR/dnpb.
SENTENCIA NÙMERO: 1.582-15