REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 20 de Abril del 2015
Años: 205° y 155°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por las partes interesadas, ciudadanos ZAIDE ELENA BRACHO DE MARTINEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.511.154, con domicilio en la Comunidad de Pozo Nuevo de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y GREGORIO ANTONIO GONZALEZ CARDENAS , Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 3.913.647, con domicilio en la Comunidad de Pozo Nuevo de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la ciudadana BILIA TAMARA MARTINEZ SANCHEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.122.645; sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas mejoras de la bienhechuría que la solicitante fomentó en un Lote de Terreno propiedad del Municipio, que mide DOSCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y OCHO CENTIMETROS (240,58 Mts2), en un área de construcción de R1-R4= CIENTO CINCUENTA METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y CINCO CENTIMETROS (150,95 Mts2), Ubicada en la avenida 12 entre calles 9 y 10, Comunidad Pozo Nuevo Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy. Dichas mejoras consisten en la construcción de dos locales Comerciales con una área de construcción de DOCE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y SEIS CENTIMETROS ( 12,96 Mts2) cada uno, construidos con paredes de cerámica, paredes de bloque, techo de platabanda, un baño y un portón Santa María; cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Juan Rodríguez en 10.00 ml; SUR: Locales Comerciales y Avenida 12 su frente en 10.00 ml; ESTE: Iglesia Evangélica en 26.65 ml; OESTE: Casas que son o fueron de María de Bacile y Joao Da Silva en 22.60 ml. Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento Nº 22-03-01-U01-103-10-12-01-01-01, Otorgado por la Dirección de Castrato del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 22 de Octubre del año 2014. Devuélvase original Con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el No. 3687/2015.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria Acc,
Abg. Maricela Valle
EBA/EM/klency.-