REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 27 de Abril de 2015
Años: 205° y 156°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: ASDRUBAL RAMON MONSERRATT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-4.476.008, domiciliado en la Comunidad San Antonio de Peguaima, Calle 2, Casa Nro. 6, Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy; y, JOSE ALBERTO PEREZ CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-13.696.050, domiciliado en la Comunidad San Antonio de Peguaima, Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la Ciudadana: RIGMARY YANETH SUAREZ GARCIA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cedula de Identidad Nº V-14.710.187, de este domicilio; y, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que la solicitante fomento sobre un Lote de Terreno propiedad Municipal; que mide una superficie de CIENTO SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON SESENTA Y TRES CENTIMETROS (179.63 Mts2), con un Área de Construcción de SESENTA METROS CUADRADOS CON CUARENTA CENTIMETROS (R1 - 60.40 Mts2), Ubicado en el Callejón 8, Esquina Calle 23, Comunidad San Antonio de Peguaima, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Una (01) casa de habitación, con dos (02) habitaciones, un (01) baño, una (01) sala, una (01) cocina – comedor, un (01) porche, piso de cemento, techo de acerolit y paredes de bloques frisados; y, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Callejón 8 Su Frente, 14.38 M; SUR: Casa que es o fue de Jorge Mendoza, 18.25 M; ESTE: Casa que es o fue de Alberto Colmenarez, 12.50 M; OESTE: Calle 23, 8.36 M., Según se evidencia en Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 01 AU 107 34 01, otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 08 de Abril de 2.015. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada. Se le Asignó el Nº 3700/2015.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria
Audry.- Abg. ERLEN MARTINEZ.