REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 27 de Abril de 2.015
Años: 204° y 155°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: BRIGIDA MARLENE AGUILAR CHIRINOS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 4.343.586 y domiciliado en la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y DARINE ELENA PEREZ ESCALONA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.081.064 y domiciliada en la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del ciudadano: JUAN RAMON FRIAS ANDARA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 7.328.898, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que el solicitante dice poseer sobre un lote de terreno propiedad del Inti que mide una superficie de DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y OCHO CENTIMETROS (247,48 MTS 2), en un área de construcción de R4= CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON SESENTA CENTIMETOS (57,60 MTS 2), ubicado en la Calle Principal entre Vías Agrícola, Comunidad La Cañería, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Con las siguientes características: Una (1) casa, con las siguientes características: Piso de cemento pulido, techo de zinc, y platabanda, puertas y ventanas de hierro, paredes de bloque de cemento, distribuido en: Dos Habitaciones, Una (1) sala, Una (1) cocina-comedor, un (1) baño, mixta entre pared de bloque de cemento. Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Willian Rojas en 22,50 ml SUR: Casa que es o fue de Pedro Castillo en 22,50 ml; ESTE: Casa que es o fue de Maria Castillo, en 11,20 ml; OESTE: Calle principal su frente, en 10,80 ml; según se evidencia en el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO, Código Catastral Nº 22-03-02-AR-111-07-05 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 16 de Marzo del año 2015. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el Nº 3703/2015.-
El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La Secretaria, Abg. Erlen Martínez.-