REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. ACTUANDO EN ESTA SEDE DE MANERA TRANSITORIA.

Chivacoa: 18 de Septiembre de 2015
AÑOS: 205º y 156º

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos SAÚL FLAMINIO PALACIOS HERNÁNDEZ y PETRA ISAURA OROPEZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-4.476.604 y V-4.968.878, respectivamente, domiciliados (el primero), en la Urbanización Flaminio Cordido, calle 7, sector 1, casa N° 12, Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy (la segunda), en la Urbanización Flaminio Cordido, calle 7, sector 1, casa N° 12, Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCERO DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, de un lote de terreno de propiedad Municipal ubicada en la calle Occidente de Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, en un área de Doscientos Dieciséis metros cuadrados (216m2), la cual han construidos a sus solas y únicas expensas una Vivienda Familiar, de cinco (5) habitaciones, un (1) Porche-corredor, Dos (2) Baños con todas sus instalaciones sanitarias, sala cocina, comedor, con paredes de bloques, techo de acerolit, piso de cemento y garaje, y sus linderos generales son: NORTE: Casa y Solar de los sucesores de Serapio Segura; NACIENTE: Casa y Solar de Gumersindo Ochoa; PONIENTE: Casa que es o fue de la Sucesión Espinoza, Calle Occidente en medio; y SUR: Casa y Solar de Paula Arteaga, el total invertido en la construcción es por la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 120.000,00), a favor de los ciudadanos CÉSAR ENRIQUE CAMACHO MORA, ÁNGEL DARIO SÁNCHEZ CAMACHO, WILLIAMS OSCAR SÁNCHEZ CAMACHO, SADICTH NORBERTO SÁNCHEZ CAMACHO Y YORMAN ALEXANDER SÁNCHEZ CAMACHO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-7.559.292, V-7.906.188, V-8.512.328, V-10.856.178 y V.10.862.051, respectivamente. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada, a los efectos indicados en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese mediante oficio a la ciudadana Sindico (a) Procuradora del Municipio Sucre del Estado Yaracuy sobre el presente fallo, de conformidad con la parte in fine del Artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, y una vez cumplido este requisito, devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, una vez que sean proveídas por esta las copias fotostáticas relativas a la misma.
El Juez Temporal,

Abg. Giovanni Alfonso Ramírez Marín
El Secretario,

Abg. Villasmil Antonio Petit
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 Am) se registró y publicó la anterior decisión.
El Secretario,

Abg. Villasmil Antonio Petit

GARM/vap
N° 169/15