REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 8 de diciembre de 2015
Años: 205º y 156º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos SANDRA TIBISAY RODRIGUEZ PUERTAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.579.875, domiciliada en La Urb. Las Mercedes, Sector El Paují, Calle El Estadium con transversal Nº 1, Casa Nº 28974, Municipio San Felipe del estado Yaracuy y ELVIS ALEXANDER MONTILLA RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.320.861, domiciliado en la Urb. Las Mercedes, calle 2 con calle 3, frenta al preescolar, Casa Nº 19319, Municipio San Felipe del estado Yaracuy, sin perjuicios de terceros de igual o mejores derechos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos MARIELIS DEL CARMEN ADAMES RAMÍREZ y FRANCISCO JAVIER ADAMES RAMÍREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 19.455.267 y 22.319.303 respectivamente, de la ciudadana MARÍA ELISA RAMÍREZ ARTEAGA, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.513.999. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia en el archivo del Tribunal.


El Juez Provisorio,

Abog. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
El Secretario,


Abog. EDUARDO IBARRA
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de diecisiete (17) folios útiles, a la parte interesada.
El Secretario,

Abog. EDUARDO IBARRA
Sol. N° 1010/er.-