REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

San Felipe, 21 de enero de 2015
Años: 204º y 155º

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de las testigos presentados por la parte interesada, las ciudadanas SADDI MARLENE ABARCA ANDRADE, venezolana, mayor de edad, soltera, hábil en derecho, domiciliada en la urbanización Terrazas de Bella Vista, calle 2, casa 2-B, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 4.480.085; y MARÍA FELICITA ARENAS DE ROMERO, venezolana, mayor de edad, casada, hábil en derecho, domiciliada en la calle 18 de Octubre, entre avenida Bolívar y Páez, casa Nº 5-15, municipio Cocorote, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 4.966.217, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la ciudadana MIREYA BEATRIZ FLORES COLINA, venezolana, mayor de edad, soltera, hábil en derecho, y titular de la cédula de identidad Nº 3.453.703; asistida por la abogada JOREMIS BEATRIZ PÉREZ FLORES, inscrita en el Inpreabogado bajo la matricula número 205.243; sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, construidas en un área de terreno propiedad municipal; que mide en su totalidad ciento noventa y tres metros cuadrados con noventa y dos centímetros (193,92 mts2); tiene un área total de construcción de ciento noventa y tres metros cuadrados con noventa y dos centímetros (193,92 mts2), las cuales consisten en vivienda que consta de porche-garaje, sala, comedor, cocina, cinco (5) habitaciones, tres (3) salas sanitarias, lavadero con corredor enrejillado con cabillas de hierro, toda la construcción consta de pisos de cemento pulido, techos de platabandas, puertas y ventanales de hierro, con un (1) pequeño deposito con lavandería, con tanque de agua aéreo con capacidad de 12.000 litros de agua cercadas completamente a sus lados, con pared de bloque y cemento de doce (12) hileras de alto y su lado norte completamente cercado su acceso a garaje y porche con laminas de acero fuerte, todo su frente; y se encuentran alinderadas de la siguiente manera: Norte: Calle 5; Sur: Casa que es o fue de Gabina Trejo; Este: Casa que es o fue de Tomas Parra; y Oeste: Casa que es o fue de Dalia Fiallo.- Se dejan a salvo los derechos de terceros.- Entréguense a la solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
El Juez Temporal,

Abg. Raimond M. Gutiérrez M. La…

Secretaria Accidental,


Abg Arlenis Rossangel Martínez Hernández.
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de ocho (8) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria Accidental,


Abg Arlenis Rossangel Martínez Hernández.












Exp. N° 2.372-14/RMGM/ARMH/cmgl.