REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 15 de enero de 2.015
Años: 204º y 155º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por las partes interesadas, las ciudadanas ANA SORAIDA DOMINGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-5.458.106, domiciliada en la Urbanización San Gerónimo, calle Nº 1 casa Nº 20, Municipio Cocorote, estado Yaracuy, y EDDA KATIUSCA RODRIGUEZ CORONADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.915.823, domiciliada en La urbanización San Gerónimo, calle 01, sector Nº1 entre 6 y 10, Municipio Cocorote, estado Yaracuy, Seguidamente el Juez, de conformidad con el artículo 486 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicios de tercero de igual o mejor derechos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficientes para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos ANA CELIS QUINTERO DE SALAS, JONATHAN JOSE SALAS QUINTERO Y ANA GABRIELA SALAS QUINTERO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-7.586.998, V-18.302.989 y V-20.888.328, respectivamente del ciudadano JOSE ANTONIO SALAS RANGEL, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.555.453. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia en el archivo del Tribunal.
El Juez Provisorio,
Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
El Secretario,
Abg. EDUARDO IBARRA
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de veintitrés (23) folios útiles, a la parte interesada.
El Secretario
Abg. EDUARDO IBARRA
Solicitud. 249-14/kb