REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 22 de Enero de 2.015.
Años: 204º y 155º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos WILLIAMS ROBERTO CRESPO HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.585.510, domiciliado en la Calle 09 con Avenida 10, Sector Zumuco, Cerca de la Comandancia de la Policía de San Felipe, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy y HERMES GASPAR ROA ANDRADE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.909.800, domiciliado en la Avenida Principal, esquina calle siete, Urbanización San José, Municipio Independencia, Estado Yaracuy; este Tribunal Tercero De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios San Felipe, Independencia Y Cocorote De La Circunscripción Judicial Del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano: CARLOS RAMÒN LÒPEZ POLANCO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. 820.940, de este domicilio, asistido por la abogada en ejercicio ROSMERLIN ROSIMAR ROJAS LÒPEZ, inscrita en el Inpreabogado con el Nº 168.445; sobre un área de terreno propiedad Municipal, que mide DOSCIENTOS VEINTISEIS METROS CUADRADOS CON VEINTE CENTÌMETROS (226,20 m2) y un área de construcción de CIENTO VEINTICNCO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y TRES CENTÌMETROS (125,33 m2); dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: Avenida 01 que es su frente, con 7,37 Metros Lineales; SUR: Solar y casa de Rosa María Sánchez con 7,65 Metros Lineales; ESTE: Casa y solar de Carmen Cordido, con 32,47 Metros Lineales OESTE: Casa y solar de Teresa Gómez, con 31,10 Metros Lineales. Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
El Juez Provisorio,
Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS. El Secretario,
Abg. EDUARDO IBARRA
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de Doce (12) folios útiles, a la parte interesada. El Secretario,
Abg. EDUARDO IBARRA
Solicitud. 220-15/TLVDD/rvm.