REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. ACTUANDO EN ESTA SEDE DE MANERA TRANSITORIA.

Chivacoa, 4 de febrero de 2015
AÑOS: 204º y 155º

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos ELVIS OMAR CAMACHO CAMACHO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.054.261, domiciliado en urbanización Flaminio Cordido, calle 8 casa Nro. 37, Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy y ELIAS ELIEZER LÓPEZ SALCEDO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.548.297, domiciliado en la urbanización Flaminio Cordido, sector Fundo San Diego, casa s/n, Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCERO DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurías en un área de terreno propiedad del solicitante, tal como se evidencia en documento debidamente protocolizado que riela al folio tres (03) y su vuelto; ubicado en la urbanización Flaminio Cordido, sector Fundo San Diego en la ciudad de Guama, Municipio Sucre Estado Yaracuy, el cual posee un área total de terreno irregular de MIL CUARENTA METROS CUADRADOS CON SESENTA Y TRES CENTOMETROS (1.040,63 m2) y un área total de construcción de TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON OCHENTA CENTÍMETROS (35,80 M2) y que se encuentran alinderadas de la siguiente manera: NORTE: Casa y Solar del señor Julio Piña; SUR: Casa y Solar de la Señora Marlyn Azuaje; ESTE: Calle Fundo San Diego y OESTE: Iglesia Evangelica; en donde ha fomentado a sus solas y únicas expensas con dinero de su propio peculio, una casa para habitación familiar, distribuida de la siguiente manera: Planta Baja: Tres (3) habitaciones, un (1) Baño, una (1) Sala-Comedor, la misma posee techo de platabanda, piso de cerámica y paredes de bloques de concreto con sus correspondientes puertas de metal, ventanas panorámicas y de metal; con sus respectivas instalaciones de aguas blancas y negras y servicios de electricidad. De igual manera en un área de CUARENTA METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y SEIS CENTIMETROS (40,96 m2) un corredor que posee paredes de bloque, columnas de concreto y techo de acerolit. Planta Alta: Dos (2) habitaciones, un (1) Baño, una (1) Sala-Comedor-Cocina, la misma posee techo de acerolit, piso de concreto pulido y rustico y paredes de bloques de concreto con sus correspondientes puertas de metal, ventanas panorámicas y de metal; con sus respectivas instalaciones de aguas blancas y negras y servicios de electricidad. El costo de estas bienhechurías es por la cantidad de CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 400.000,00); a favor del ciudadano HONORIO HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.967.209. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada y devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, una vez que sean provistas por esta las copias fotostáticas relativas a la misma.
El Juez Temporal,

Abg. Osmar José Klemm Gutiérrez.
El Secretario,

Abg. Villasmil Antonio Petit

Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las once y treinta de la mañana (11:30 a.m) se registró y publicó la anterior decisión.
El Secretario,

Abg. Villasmil Antonio Petit

OJKG/vap/ol.
N° 107/15