REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 23 de febrero de 2015
Años: 204º y 155º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanas YENNY NOHEMI ESCOBAR YAJURE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.337.338, domiciliada la calle Principal, La Negrita, casa Nº 72, municipio Independencia, estado Yaracuy; y KATERIS ORMIRIS MARTINEZ PUERTAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.950.913, domiciliada en la calle Principal de La Negrita, casa S/N, municipio Independencia, estado Yaracuy; es por lo que este Tribunal, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana Isabel Cristina Russian Perdomo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.637.135, asistida por la abogada Luisana Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 177.884; sobre unas bienhechurías, construidas en un área de terreno propiedad municipal, que mide en su totalidad, TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON NOVENTA CENTIMETROS CUADRADOS (348,90 Mts2), con un valor aproximado de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.350.000,00), con un área de construcción de DOSCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y TRES CENTIMETROS CUADRADOS (240,83 Mts2), ubicado en el Sector La Trinidad, calle Principal, La Negrita, municipio Independencia, estado Yaracuy, el cual consiste en unas bienhechurías de un local, construido sobre paredes de bloques, piso de cemento, techo de platabanda, dos (02) portones Santa María y una (01) puerta de hierro, un (01) baño, todo provisto de servicios de electricidad, servicios de aguas blancas. Encontrándose alinderado de la siguiente manera: NORTE: Campo de Beisbol; SUR: Calle Principal La Negrita; ESTE: Casa que es, o fue de María Quintero; y OESTE: Parada. Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
El Juez Provisorio,
Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
El Secretario,
Abg. Eduardo Ibarra
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de ocho (08) folios útiles, a la parte interesada.
El Secretario,
TLRV/ei/Alexzandra
Titulo Supletorio Nº 289-15