REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 10 de Febrero de 2015
Años: 204° y 155°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: SUHAIL MARINA VIRGUEZ GALINDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-14.034.053, domiciliada en la Calle el Samán de la Parroquia Campo Elías, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy; y, JENNY ROSANGEL HERNANDEZ SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-11.647.343, domiciliada en la Calle el Samán de la Parroquia Campo Elías, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor del Ciudadano: GILBERTO RAFAEL QUINTANA FARIAS, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.706.286, de este domicilio; y, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que la solicitante fomento sobre un Lote de Terreno propiedad Municipal; que mide una superficie de OCHO MIL CUATRO METROS CUADRADOS (8.004,00 Mts2), con un Área de Construcción de CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS (400,00 Mts2), Ubicado en el Sector Samán “La Carretera”, Parroquia Campo Elías, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Una (01) casa de habitación familiar de paredes de bloques, friso liso, piso de vinil, techo de acerolit, sala, cocina, comedor, baño, dos (02) habitaciones; una (01) casa auxiliar de paredes de bloques: techo de acerolit, dos (02) habitaciones, piso de cemento, cuatro (04) cuartos de depósitos de doce (12) metros cuadrados cada uno, un (01) caney de paredes de bloques y techo de acerolit con baño y parrillera de treinta y cinco (35) metros cuadrados, una (01) piscina, una (01) cochinera, un (01) tanque para almacenar agua de 24.000 litros, dos (02) tanques aéreos para almacenar agua de 1.000 litros y un (01) portón eléctrico; y, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Calle El Samán Su Frente; SUR: Callejón Sin Nombre; ESTE: Casa que es o fue de la Familia Osorio y Familia Chepa y Zanjón de por medio; OESTE: Casa que es o fue de la Familia Medina y Callejón Poa Poa. Según se evidencia en Constancia de Posesión, otorgada por el consejo Comunal “Samán La Carreta” de la Parroquia Campo Elías, Bruzual - Yaracuy, en fecha 16 de Enero de 2.015. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 3623-2015.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria
Audry.- Abg. ERLEN MARTINEZ.