REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 24 de Febrero de 2015
Años: 204° y 155°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: ROXALY ALEJANDRA TOLEDO QUERALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-22.312.774, domiciliada en el Sector Los Muerticos de la Parroquia Campo Elías, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy; y, CRISTOBAL ALFIN GAMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-7.516.928, domiciliado en la Comunidad Poa Poa, Parroquia Campo Elías, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de los Ciudadanos: HEBER JOSUE MARTINEZ HURTADO y LEIDY YOSELIN DIAZ MENDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-17.993.208 y V-24.797.335, de este domicilio; y, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que el solicitante fomento sobre un Lote de Terreno propiedad Municipal; que mide una superficie de CIENTO NOVENTA METROS CUADRADOS CON UN CENTIMETRO (190.01 Mts2), con un Área de Construcción de TREINTA METROS CUADRADOS (R-4= 30.00 Mts2), Ubicado en el Callejón 4, entre Calle Mariño y Quebrada, Sector 22 de Mayo, Comunidad Los Muerticos, Parroquia Campo Elías, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Una (01) casa en construcción con bases de concreto armado y cerchas, cercada perimetralmente con estantillos de madera viva y muerta con diez cintas de alambre de púas, con sus servicios de electricidad; y, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Ismaeli Castillo, 15.40 M; SUR: Callejón 4 Su Frente, 15.50 M; ESTE: Casa que es o fue de Regulo Regalado, 12.50 M; OESTE: Casa que es o fue de Guillermo Hurtado, 12.10 M. Según se evidencia en Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 02 R01 103 07 05, otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, en fecha 12 de Enero de 2.015. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 3636-2015.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria
Audry.- Abg. ERLEN MARTINEZ.