REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 02 de Julio del 2015
Años: 205° y 156°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por las partes interesadas, ciudadanos MARISOL BRACHO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 12.078.904, con domicilio en la Comunidad de San Ramón Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y SIMONA CARBALLO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 10.371.878 con domicilio en Barrio Centro de la Ciudad de Chivacoa , Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la Ciudadana ROSAURA MARIA MARIN AGATON, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 10.365.880; sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que la solicitante fomentó en un Lote de Terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (Inti), que mide TRESCIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS ( 360,00 Mts2), en un área de construcción CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS (42,00 Mts2), Ubicada en 1ero de Mayo entre calle Principal La Villa y Callejón 1, comunidad La Villa, sector Santa Cruz Parroquia Campo Elías Municipio Bruzual Estado Yaracuy, consistente de Una Casa construida con paredes de bloques, techo de Zinc, piso de cemento pulido, distribuida en una Sala- cocina- comedor con una puerta de entrada de hierro y otra de salida de madera y una habitación con una ventana de hierro, con sus servicios de aguas blancas y de electricidad, cercada perimetralmente con estantillos de madera viva y muerta a cuatro pelos de alambres de puas; cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa y solar que es o fue de la Familia Rivas en 15.00 ml; SUR: Avenida 1ro de Mayo su frente en 15.00 ml; ESTE: Casa y solar que es o fue de la Familia Agatón en 24.00 ml; OESTE: Casa y solar que es o fue de María Delgado en 24.00 ml. Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento Nº 22-03-02-AR-114-06-09, Otorgado por la Dirección de Castrato del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 15 de Enero del año 2015. Devuélvase original Con sus resultas a la parte interesada y


déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el No. 3800/2015.-

El Juez,

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,

Abg. Erlen Martínez





EBA/EM/klency.-