REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
Tribunal del Municipio Ordinario y ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual De La Circunscripción Judicial Del Estado Yaracuy
Chivacoa, 28 de Julio de 2.015.
Años: 205° y 156°
Visto como ha sido presentada la solicitud de desistimiento y cierre del presente expediente de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana: MARELYS CAROLINA SAA RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 24.797.969, domiciliada en la Calle 8 entre Avenida 3 y 3 , Comunidad La Lucha de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual, contra el ciudadano ELIO JOSE MENDEZ MENDEZ, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 17.612.769, de este domicilio a favor de la niña: (Identidad Omitida según el Artículo 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña Y Adolescente). Este Tribunal del Municipio Ordinario y ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, ACUERDA: CERRAR EL PRESENTE EXPEDIENTE DE OBLIGACION DE MANUTENCION, archivarlo, desincorporarlo del inventario real y remitirlo en su oportunidad al Archivo Judicial para su guarda y custodia.
El Juez,
Abg. EFRAIN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
Abg. Erlen Martinez
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado, en el auto que antecede. La Secretaria,
Abg. Erlen Martinez
EBA/EM/cy.-
EXP N° 2382-2014