REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. ACTUANDO EN ESTA SEDE DE MANERA TRANSITORIA.

Chivacoa: 10 de Agosto de 2015
AÑOS: 205º y 156º

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos, AIDA MARÍA OROPEZA RODRÍGUEZ y RAFAEL ESTEBAN MARCHAN NAVEA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-7.914.714 y V- 3.256.360, respectivamente, domiciliados (la primera), en la calle 1 entre Avenida 3, frente a la Urbanización Carlos Andrés Pérez, sector Los Ciruelos, Boraure, Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy; (el segundo), en la Avenida Bolívar, entre calles 11 y 12, casa N° 100, sector El Lochal, Boraure, Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy; SIN PERJUICIOS DE TERCERO DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurías en un terreno propiedad del Municipio, ubicado en la calle N° 11, entre Avenida Bolívar y Avenida Bruzual, Boraure, Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, que mide TRESCIENTOS DIECINUEVE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y SIETE CÉNTIMETROS (319,87MTS2), alinderados por el NORTE: Casa y solar del señor Wilson Sánchez, SUR: Calle N° 11, ESTE: Casa y solar de la señora María de Castillo y OESTE: Calle N° 11. La cual existe cuatro (4) construcciones: C1:pieza, construida con paredes de bloque de cemento, piso de cemento pulido, techo de losacero y acerolit, distribuida de la siguiente manera: sala, cocina, comedor, dos (2) dormitorios y un (1) baño, el cual tiene un área de (73.08m2), c2 y c3: construidas con paredes de concreto, piso de cemento pulido y techo de losacero y zinc, distribuida de la siguiente manera: sala, cocina, un (1) baño, un (1) dormitorio, el cual tiene un área de (88.44mts2),c4: construida con paredes de bloque de cemento, piso de cemento pulido, y techo de platabanda, distribuida de la siguiente manera: sala, cocina, un (1) baño, un (1) dormitorio, el cual tiene un área de (74.14mts2). En las bienhechurías descritas ha invertido la cantidad de DOS MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 2.000.000,oo), a favor del ciudadano: JORGE LUÍS PÉREZ CASTILLO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad N° V- 828.490. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada, a los efectos indicados en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese al ciudadano Síndico Procurador del Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy sobre el fallo de conformidad con la parte in fine del artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal y una vez cumplido este requisito, devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, una vez que sean proveídos por ésta las copias fotostáticas relativas a la misma.
El Juez Temporal,

Abg. Giovanni Alfonso Ramírez Marín.
El Secretario,

Abg. Villasmil Antonio Petit
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las dos de la tarde (2:00 pm) se registró y publicó la anterior decisión.
El Secretario,

Abg. Villasmil Antonio Petit



GARM/vap
N° 214/15