REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 09 de Marzo del 2.015
Años: 204° y 156°
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de las testigos presentadas por la parte interesada, ciudadanas OMIRA CONSUELO MOGOLLÓN GUTIÉRREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V-10.861.110, y domiciliada en la avenida José Joaquín Veroes, entre calles 14 y 15, casa Nº 14-21, del Municipio San Felipe, estado Yaracuy y SCARLIT YULIMAR AULAR FLORES, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V-12.277.014, y domiciliada en la Urbanización La Rosaleda, calle 07, casa Nº 159, del Municipio independencia, Estado Yaracuy; este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano ROBERT JOSÉ YOVERA TOVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.726.234, sobre una bienhechuría construida en un área de terreno municipal, ubicado en la calle Los Abuelos, sector Los Abuelos, Jurisdicción del Municipio San Felipe del estado Yaracuy, sobre las cuales el Tribunal otorga Titulo Supletorio; en un área de terreno que mide Doscientos Ochenta y Dos metros cuadrados con Sesenta y Dos centímetros (282,62 mts2), y comprendido dentro de los linderos siguientes: Norte: terreno de Yonna José Monte, con 16,00 metros lineales; Sur: terreno de Nelson Orlando Yovera Tovar, con 13,00 metros lineales; Este: calle los Abuelos que es su frente, con 19,50 metros lineales, y Oeste: con terreno de Carlos Vásquez y Miledys Pacheco, con 19,50 metros lineales; bienhechurías consistentes en fundaciones y columnas; quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros sobre dichas bienhechurías. Devuélvase a la parte interesada. Déjese copia certificada de esta providencia en el archivo del Tribunal.
EL JUEZ,
ABG. CESAR AUGUSTO RODRÍGUEZ ACOSTA.
LA SECRETARIA,
ABG. CELSA L. GONZÁLEZ A.
En la misma fecha de hoy, y tal como fue ordenado se devuelve constante de sus folios útiles.
LA SECRETARIA,
ABG. CELSA L. GONZÁLEZ A.