REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, 12 de marzo de 2015
Años: 204º y 156º

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, las ciudadanas TERESA GUADALUPE SÁNCHEZ LOYO, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en la urbanización Señora del Rosario, calle 3, casa Nº 103, Guama, municipio Sucre, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 7.475.695 y AURA ROSA RODRÍGUEZ DE LOPÉZ, venezolana, mayor de edad, casada, domiciliada en la calle 5, entre avenidas 3 y 4, casa Nº 66, San Pablo, municipio Arístides Bastidas, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 7.515.293; este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en los artículo 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; SE DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la ciudadana LISBETH COROMOTO PALENCIA DE VELAZQUEZ, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 7.626.308; suficientes para asegurarle el derecho que le corresponde al ciudadano JORGE ANTONIO VELAZQUEZ LOSSADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 5.812.138 y a las ciudadanas YESIKA ANDREINA VELAZQUEZ PALENCIA y YECENIA CAROLINA VELAZQUEZ PALENCIA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 15.727.544 y 15.727.543 respectivamente, asistidos por la abogada YUDY ROSIBEL LEGÓN, inscrita en el Inpreabogado con el número 151.706. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia en el archivo del tribunal
El Juez,

Abg. Raimond M. Gutiérrez M.
La Secretaria,

Abg. Andreina J. Rodríguez R.
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de diez (10) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,
Abg. Andreina J. Rodríguez R.
Exp. N° 2.444-15/RMGM/AJRR/cmgl.
Auto numero: 1.507-15