REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY


San Felipe, 02 de marzo de 2015
Años: 204º y 156º

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, la ciudadana YOLJANYS YAQUELIN RODRÍGUEZ GARCIA, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en Montes de Oro, sector 1, calle 2, Parroquia Albarico, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 17.823.132 y el ciudadano NELSON MANUEL DÍAZ MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en Montes de Oro, sector 1, calle 2, Parroquia Albarico, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 8.512.165, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes para asegurar el derecho de propiedad a favor del ciudadano RICHARD ANTONIO PARRA, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho; y titular de la cédula de identidad Nº 17.254.265, asistido por la abogada MILAGROS JOSEFINA MORALES PARRA, inscrita en el Inpreabogado según matrícula número 206.707; sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, sobre un área de terreno propiedad municipal, con un área de terreno total de trescientos diecinueve metros cuadrados con cero cinco centímetros cuadrados (319,05 m2) y con un área de construcción que mide quince metros cuadrados con veintiocho centímetros cuadrados (15,28 m2); ubicadas en Montes de Oro, sector 1, calle 2, Parroquia Albarico, municipio San Felipe, estado Yaracuy, las cuales consisten en una (1) casa para uso residencial, construida sobre bases de concreto, paredes de bloques, techo de Zinc, piso de cemento pulido, Un (1) dormitorio, una (1) sala de recibo, una (1) cocina, una (1) sala de baño; y se encuentra alinderada de la siguiente manera: Norte: (21,15 Mts) Casa y solar que es, o fue de Milagros Montes; Sur: (20,75Mts) Casa y solar que es, o fue de Isidro Pérez; Este: (15,70Mts.) Calle 2 que es su frente y Oeste: (14,75 Mts.) Casa y solar que es, o fue de Maritza Barboza.- Se dejan a salvo los derechos de terceros.- Entréguense al solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
El . . .
. . . Juez,

Abg. Raimond M. Gutiérrez M. La Secretaria,


Abg. Andreina J. Rodríguez R.

En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de nueve (09) folios útiles, a la parte interesada.

La Secretaria,


Abg. Andreina J. Rodríguez R.



Exp. N° 2.446-15/RMGM/AJRR/dnpb.

SENTENCIA NUMERO: 1.483-15