REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. ACTUANDO EN ESTA SEDE DE MANERA TRANSITORIA.

Chivacoa: 06 de Abril de 2015
AÑOS: 204º y 156º

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos DIOMAR JOSEFINA ACOSTA Y ROSALVO ANTONIO VILLANUEVA CAMACHO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 7.586.898, y V-11.653.587, respectivamente, domiciliado (el primero), en la calle San Agustín entre 2da, y 3ra. Avenida, Sector Carrizalez, San Pablo, Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy (el segundo), en la Urbanización Arístides Bastidas, Manzana 2 con Avenida 6 y 7, casa Nro. 13, San Pablo, Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCERO DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurías en un lote de terreno de propiedad del Instituto Nacional de Tierras, (INTI), ubicado en la Calle Tres (03), del Sector Lomas de Carrizales, de San Pablo Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, en un área de terreno de Ochocientos Sesenta y Tres con Treinta y Cuatro metros cuadrados (863,34 mts2), cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Casa y solar de Rosa Castillo, con una longitud de 47,50 Mts, SUR: Casa y solar de Zuleima Garcés, con una longitud de 35,60 Mts. ESTE: Terreno ocupado por Adelfin Alfin, con una longitud de 22,80 Mts. y OESTE: Casa y solar de Lees Trejo, que es su frente, con una longitud de 22,80 Mts. En el referido lote de terreno ha construido y plantado a sus solas y únicas expensas, con dinero de su peculio desde hace más de Diez (10) años, unas bienhechurías que consisten en: una casa de habitación familiar con un área de construcción de Treinta y Seis con Veintitrés metros cuadrados (36,23 mts2), construida con base de cemento, paredes de bloque de cemento frisadas, piso de cemento pulido, techo de acerolit, puertas y ventanas de hierro, servicios propios de electricidad, aguas blancas y servidas y aseo urbano domiciliario; distribuida de la siguientes manera: una (01) sala-cocina, una (01) habitación, un (01) baño y un (01) lavadero. El costo total aproximado de las bienhechurías sin incluir el valor del terreno es de: TRESCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 300.000,oo), a favor de la ciudadana: ANTONIA JOSEFINA RAGA ÁVILA, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.862.513. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada, a los efectos indicados en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, una vez que sean proveídas por esta las copias fotostáticas relativas a la misma.
El Juez Temporal,

Abg. Giovanni Alfonso Ramírez Marín
El Secretario,

Abg. Villasmil Antonio Petit
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las tres y veinticinco de la tarde (3:25 p.m) se registró y publicó la anterior decisión.
El Secretario,

Abg. Villasmil Antonio Petit

GARM/vap
N° 161/15