REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. ACTUANDO EN ESTA SEDE DE MANERA TRANSITORIA.
Chivacoa, 07 de ABRIL de 2015
AÑOS: 204º y 156º
Vista las exposiciones de los ciudadanos SIMÓN ELADIO ISQUIEL ORTEGA Y JOSEFINA DEL CARMEN COHEN COHEN, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad Nros. V-9.096.150 y V-7.171.778, respectivamente y domiciliados ambos en la calle Bolívar, al lado de Piedra Azul, casa Nro.27 de la ciudad de Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Legalmente Reconocido el Documento Privado que acompaña a la presente Solicitud de conformidad con lo establecido en el Artículo 1.364 del Código Civil Venezolano Vigente; del mismo modo evacuada como ha sido la presente solicitud, se acuerda devolver el Original de todo lo actuado a la Solicitante, dejando en su lugar copia fotostática debidamente certificada por el Secretario del despacho. Désele salida en el Libro respectivo y tómese razón en el Diario.
EL JUEZ TEMPORAL,

Abg. GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN.
EL SECRETARIO,

Abg. VILLASMIL ANTONIO PETIT
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el Auto anterior.
EL SECRETARIO,

Abg. VILLASMIL ANTONIO PETIT
GARM/ vap/ol.
N° 163/15