REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA






JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 07 de Mayo del 2.015.
Años: 205º y 156°




Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, OSCAR VICENTE MARRERO ZULOAGA, venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la cédula de identidad número V-2.098.755 y domiciliado en la Urbanización Las Acequias, bloque 06, piso 03, apartamento 03-02, del Municipio Cocorote, estado Yaracuy y ENRRIQUEZ RAFAEL RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número V-4.840.121 y domiciliado en la Urbanización Las Acequias Bloque 04, piso 02, apartamento 02-06, del Municipio Cocorote, estado Yaracuy, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente, para asegurar el derecho que le corresponde a los ciudadanos BELKIS ZORAIDA RAMÍREZ PÉREZ, MORELA XIOMARA RAMÍREZ DE CORDIDO y CARMEN CECILIA SEQUERA DE RAMÍREZ, todos venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.969.475, V-4.123.575 y V-817.293 respectivamente, hijas y cónyuge del de Cujus ciudadano SIMÓN ALBERTO RAMÍREZ TREJO, quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad número V-402.833; quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros. Devuélvase a la parte interesada. Déjese copia de esta providencia.

EL JUEZ,

ABG. CESAR AUGUSTO RODRÍGUEZ ACOSTA.
LA SECRETARIA,

ABG. CELSA L. GONZÁLEZ A.

En la misma fecha de hoy, y tal como fue ordenado se devuelve constante de sus folios útiles.


LA SECRETARIA,

ABG. CELSA L. GONZÁLEZ A.