REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 19 de mayo de 2015
Años: 205º y 156º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanas MARÍA ADELAIDA HERÉDIA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, soltera, domiciliada en la avenida Amadeu Saturno, entre calles 8 y 9, casa N° 55-34, Marín, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 5.456.497 y ADRIANA ISABEL CORONA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, soltera, domiciliada en la Avenida Amadeu Saturno, entre calles 7 y 8, casa N° 3-47, Marín, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad N° 12.078.756, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la ciudadana CLEYDES YAMILET NIETO FREITES, venezolana, mayor de edad, soltera, hábil en derecho; y titular de la cédula de identidad Nº 16.481.353; sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, construidas en un área de terreno municipal; ubicada en la calle del Estadium con calle 8, parroquia San Javier, Marín, municipio San Felipe, estado Yaracuy, que mide en su totalidad ciento noventa y seis metros cuadrados con ochenta centímetros cuadrados (196,80 mts2) y un área de construcción de treinta y seis metros (36,00 mts2); la cual consiste en una (1) construcción tipo rancho, construida en pared de lata y techo de zinc; y se encuentran alinderadas de la siguiente manera: Norte: calle Estadium Manuel Monge de Marín que es su frente, con 12,00 metros lineales; Sur: María Freitez, con 12,00 metros lineales; Este: Gladis Llovera, con 16,40 metros lineales; y Oeste: Siuseli Celis, con 16,40 metros lineales.- Se dejan a salvo los derechos de terceros.- Entréguense a la solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
El Juez,
Abg. Raimond M. Gutiérrez M.
La…
Secretaria,
Abg. Andreina J. Rodríguez R.
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de nueve (09) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,
Abg. Andreina J. Rodríguez R.
Solic. N° 2.528/15/RMGM/AJRR/mcsm
SENTENCIA NÚMERO: 1.638-15
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