REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 11 de mayo de 2015
Años: 205º y 156º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos ASTRID MARIANELA BAZAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-24.001.950, domiciliada la Urbanización Los Amigos, casa Nº 14, municipio San Felipe del estado Yaracuy; y CARLOS ALBERTO PINEDA OCHOA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.915.036, domiciliado en la calle 18, Callejón Los Gobernadores, Sector Italven, casa s/n, municipio San Felipe del estado Yaracuy; es por lo que este Tribunal, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana María Teresa Sequera, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.507.586, asistida por el abogado José Gilberto Martínez Montoya, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 138.615; sobre unas bienhechurías, construidas en un área de terreno propiedad municipal; que mide en su totalidad, SETECIENTOS CUATRO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS (704,97 Mts2), con un valor aproximado de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 40.000,00), con un área de construcción de CIENTO OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y SEIS CENTIMETROS CUADRADOS (187,46 Mts2), ubicado en el Callejón Los Gobernadores, con Quebrada Guayabal, Sector Italven, municipio San Felipe del estado Yaracuy, el cual consiste en unas bienhechurías de una casa de habitación, con las siguientes características: Paredes de bloques, piso de cemento, techo de acerolit, tres (03) cuartos, una (01) sala, una (01) cocina, un (01) baño. Encontrándose alinderada de la siguiente manera: NORTE: (24,30 ML) Con callejón Los Gobernadores que es su frente; SUR: (18,20 ML) Casa que es, o fue de Aida; ESTE: (26,50 ML) Con casa y solar de Nancy Gollo; y OESTE: (35,90 ML) Quebrada Guayabal. Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
El Juez Provisorio,
Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
El Secretario,
Abg. Eduardo Ibarra
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de nueve (09) folios útiles, a la parte interesada.
El Secretario,
TLRV/ei/Alexzandra
Titulo Supletorio Nº 295-15