REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 07 de Mayo de 2015
Años: 205º y 156º


Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos; PINTO MORILLO ALEXIS JOSE, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número V-22.319.148, domiciliada en la calle principal de Higuerón, más abajo de la parada de Higuerón del municipio San Felipe del estado Yaracuy y LUIS ENRIQUE SOSA PERDOMO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número V-11.652.504, domiciliado en el Avenida Alberto Ravell entre calles 7 y 8, Marín municipio San Felipe del estado Yaracuy, es por lo que este Tribunal, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano RICHARD JOSE GARRIDO COLMENAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.857.452, asistido por la abogada LEIDYS COROMOTO BELIZARIO GIMENEZ inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 171.029; sobre unas bienhechurías, construidas en un área de terreno propiedad del INTI, que mide en su totalidad, TRECIENTOS SEIS METROS CUADRADOS CON QUINCE CENTIMETROS (306,15 Mts2), con un valor aproximado de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000,00), con un área de construcción de CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CUARENTA CENTIMETROS (53,40 Mts2), ubicado en el Sector La Playita, Calle Fame con carretera Panamericana, Parroquia San Javier, municipio San Felipe del estado Yaracuy, consistente en unas bienhechurías comprendidas en bases de concreto y vigas de riostra. Encontrándose alinderado de la siguiente manera: NORTE: Carretera Panamericana con 14,50 metros lineales; SUR: Casa y Solar que es ó fue de Juan Venacio Castillo con 14,45 metros lineales ESTE: Calle Fame que es su frente con 21,15 metros lineales; y OESTE: Casa y solar que es ó fue de Andrés Marber Hernández con 21,15 metros lineales. Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
El Juez Provisorio,


Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
El Secretario,

Abg. Eduardo Ibarra
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de ocho (08) folios útiles, a la parte interesada.
El Secretario,

TLRVDD/ei/mc.-
Titulo Supletorio Nº 356-15