REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 23 de noviembre de 2015
Años: 205º y 156º


Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada ciudadanos, AMARU JOSUE ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.612.201, domiciliado en la Avenida Cedeño con calle Cascabel, casa s/n, municipio San Felipe del estado Yaracuy; y WILLIAMS JOSÉ CASTILLO GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.282.348, domiciliado en la calle 35 entre Avenidas 7 y 8, casa s/n, municipio Independencia del estado Yaracuy; es por lo que este Tribunal, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor a favor de la ciudadana YAINA TERESA VELIZ ARIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-25.584.673, asistida por la abogada Yadira Oliveros Martínez, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 130.260; sobre unas bienhechurías, construidas en un área de terreno propiedad municipal; que mide en su totalidad, DOSCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS (240 Mts2), con un valor aproximado de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 350.000,00), y un área de construcción de CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON SEIS CENTIMETROS CUADRADOS (44,06 Mts2), ubicado en el Sector Cumbre Azul, calle principal de Cumbre Azul con Prolongación Los Abogados, municipio Independencia del estado Yaracuy; el cual consiste en las bienhechurías de una casa de habitación con las siguientes características: Un (01) porche, una (01) sala-cocina, dos (02) dormitorios, un (01) baño, un (01) lavadero y un (01) porche, techo de acerolit rojo, piso de cemento pulido, cercada en su totalidad con alambres de púas. Encontrándose alinderada de la siguiente manera: NORTE: Casa que es, o fue de Ingri Veliz; SUR: Calle Principal de Cumbre Azul; ESTE: Casa que es, o fue de Orieta Yoera; y OESTE: Casa que es, o fue de Rigoberto Pérez. Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
El Juez Provisorio,


Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
El Secretario,

Abg. Eduardo Ibarra

En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de diez (10) folios útiles, a la parte interesada.
El Secretario,
TLRV/ei/Alexzandra
Titulo Supletorio Nº 1028-15