REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, ocho (8) de octubre del (2015)
(205° y 156°)
ACTA DE AUDIENCIA ORAL
En horas de Despacho del día de hoy jueves ocho (8) de octubre del (2015), siendo las diez horas de la mañana (10:00 a.m.) día y hora fijada por este Juzgado mediante auto de fecha (05/10/2015), para que se celebre Audiencia Oral, conforme lo dispuesto en el artículo 168 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, para conocer la posición de las partes en conflicto, en el Expediente N° JSA-2015-000300 (nomenclatura particular de este Juzgado). Seguidamente, se anunció dicho acto en las puertas del Tribunal. Presentes en la Sede del Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, el abogado CAMILO ERNESTO CHACÓN HERRERA, la abogada CARMEN ELENA NÚÑEZ MIRANDA y el abogado ANTONIO LUÍS ROJAS PARRA, con el carácter de Juez Provisorio, Secretaria y Alguacil de este Tribunal, respectivamente; Asimismo, se encuentran presentes los ciudadanos ALEX JOSÉ ROJAS LLOVERA, MIGUEL ÁNGEL VÁSQUEZ, CÁNDIDO CANO TORRES, WUILDER JOSÉ CHÁVEZ ARIAS, ÁNGEL ANTONIO RODRÍGUEZ PEROZA, JESÚS ALBERTO DURAN LISCANO, y HÉCTOR OSWALDO MONTOYA ASUAJE, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad números V-19.062.588, V-13.094.838, V-8.515.024, V-20.464.621, V-12.285.175, V-10.860.110 y V-14.710.496, en su orden; representados judicialmente por el abogado FRANDY ALEXIS COLMENAREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 121.624, Defensor Público Tercero con competencia en materia Agraria, adscrito a la Unidad de Defensa Pública del estado Yaracuy. Asimismo, se encuentran presentes los ciudadanos ROMELIA CEDEÑO ARTEAGA, WISTON ARGENIS PEROZA ABREU, ANTONIO JOSÉ RODRÍGUEZ SUAREZ, MARÍA ANGÉLICA PÉREZ DE FLORES, JUAN JOSÉ ROMERO y DARWIN MANUEL CAMACARO MORA, titular de la cédula de identidad número V-5.456.912, V-10.853.467, V-3.456.882, V-11.273.723, V-12.705.616 y V-11.649.436. Igualmente, se encuentran presentes la ciudadana PROF. YOSMARY GUEVARA, titular de la cédula de identidad número V-7.925.289, en su carácter de ALCALDESA DEL MUNICIPIO LA TRINIDAD DEL ESTADO YARACUY, el ciudadano ING° JULIO CESAR TOVAR SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad número V-17.255.657, DIRECTOR DE INGENIERÍA Y CATASTRO MUNICIPAL, y el ciudadano ABG. LUÍS ENRIQUE ALEJOS VARGAS, titular de la cédula de identidad número V-10.369.898, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 2.721, SÍNDICO DEL MUNICIPIO LA TRINIDAD; el ciudadano DAVID JOSÉ VERASTEGUÍ COLINA, titular de la cédula de identidad número V-13.095.337, en su carácter de COORDINADOR DE LA OFICINA REGIONAL DE TIERRAS-YARACUY, el ciudadano RAFAEL ANTONIO ALVAREZ VALERA, titular de la cédula de identidad número V-13.412.787, en su carácter de JEFE DEL ÁREA DE LOS RECURSOS NATURALES DE LA OFICINA REGIONAL DE TIERRAS-YARACUY; los ciudadanos HERNÁN J. ZAVARCE, titular de la cédula de identidad número V-13.985.699, Jefe de Prensa del Consejo Legislativo del estado Yaracuy; la abogada MIRNA LISBET ESPINOZA BOLLANO, titular de la cédula de identidad número V-15.767.859, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 112.786, Asesora Jurídica, ambos en representación de la Diputada Wendy Tellechea, Presidenta de la Comisión de Límites y Asuntos Territoriales del Consejo Legislativo del estado Yaracuy; y el ciudadano IVÁN PASTOR APARICIO, titular de la cédula de identidad número V-4.479.824, DIPUTADO ANTE EL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO YARACUY; y los ciudadanos JUAN JOSÉ MAMPOSO HERNÁNDEZ, YANK CARLOS MAMPOSO HERNÁNDEZ, MARIANGEL MAMPOSO HERNÁNDEZ, MINELVIS CLAIRE MAMPOSO HERNÁNDEZ y DEIXY KARINA QUINTERO OJEDA, titulares de las cédulas de identidad números V-19.454.144, V-14.710.696, V-18.052.688, V-16.950.127, V-16.949.981, en su orden, sujetos procesales que intervienen en la presente causa, representados por el abogado SAMUEL EVANGELISTO LÓPEZ CASTILLO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número 67.209. En este estado el ciudadano Juez, expone: “Ciudadana Secretaria sírvase dar lectura del motivo de la presente audiencia”. Seguidamente, la Secretaria expone: “Ciudadano Juez, se le informa que la presente audiencia oral se celebra en la causa signada con el número JSA-2015-000300, en la SUSTANCIACIÓN DE LA MEDIDA PREVENTIVA, tendiente a la Protección de la Producción Agrícola -sin juicio; para conocer la posición de las partes en conflicto, conforme lo dispuesto en el artículo 168 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario”. Acto seguido, el Juez expone: “Conocido el motivo de la audiencia, por favor sírvase dar lectura de las partes que se encuentran presentes en la Audiencia”. Seguidamente, expone la Secretaria, “Se encuentran presentes en esta Sala,
los ciudadanos ALEX JOSÉ ROJAS LLOVERA, MIGUEL ÁNGEL VÁSQUEZ, CÁNDIDO CANO TORRES, WUILDER JOSÉ CHÁVEZ ARIAS, ÁNGEL ANTONIO RODRÍGUEZ PEROZA, JESÚS ALBERTO DURAN LISCANO, y HÉCTOR OSWALDO MONTOYA ASUAJE, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad números V-19.062.588, V-13.094.838, V-8.515.024, V-20.464.621, V-12.285.175, V-10.860.110 y V-14.710.496, en su orden; representados judicialmente por el abogado FRANDY ALEXIS COLMENÁREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 121.624, Defensor Público Tercero con competencia en materia Agraria, adscrito a la Unidad de Defensa Pública del estado Yaracuy. Asimismo, se encuentran presentes los ciudadanos ROMELIA CEDEÑO ARTEAGA, WISTON ARGENIS PEROZA ABREU, ANTONIO JOSÉ RODRÍGUEZ SUAREZ, MARÍA ANGÉLICA PÉREZ DE FLORES, JUAN JOSÉ ROMERO y DARWIN MANUEL CAMACARO MORA, titular de la cédula de identidad número V-5.456.912, V-10.853.467, V-3.456.882, V-11.273.723, V-12.705.616 y V-11.649.436. Igualmente, se encuentran presentes la ciudadana PROF. YOSMARY GUEVARA, titular de la cédula de identidad número V-7.925.289, en su carácter de ALCALDESA DEL MUNICIPIO LA TRINIDAD DEL ESTADO YARACUY, el ciudadano ING. JULIO CESAR TOVAR SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad número V-17.255.657, DIRECTOR DE INGENIERÍA Y CATASTRO MUNICIPAL, y el ciudadano ABG. LUÍS ENRIQUE ALEJOS VARGAS, titular de la cédula de identidad número V-10.369.898, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 2.721, SINDICO DEL MUNICIPIO LA TRINIDAD; el ciudadano DAVID JOSÉ VERASTEGUÍ COLINA, titular de la cédula de identidad número V-13.095.337, en su carácter de COORDINADOR DE LA OFICINA REGIONAL DE TIERRAS-YARACUY, el ciudadano RAFAEL ANTONIO ÁLVAREZ VALERA, titular de la cédula de identidad número V-13.412.787, en su carácter de JEFE DEL ÁREA DE LOS RECURSOS NATURALES DE LA OFICINA REGIONAL DE TIERRAS-YARACUY; los ciudadanos HERNÁN J. ZAVARCE, titular de la cédula de identidad número V-13.985.699, JEFE DE PRENSA DEL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO YARACUY; la abogada MIRNA LISBET ESPINOZA BOLLANO, titular de la cédula de identidad número V-15.767.859, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 112.786, ASESORA JURÍDICA, ambos en REPRESENTACIÓN DE LA DIPUTADA WENDY TELLECHEA, PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE LÍMITES Y ASUNTOS TERRITORIALES DEL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO YARACUY; y el ciudadano IVÁN PASTOR APARICIO, titular de la cédula de identidad número V-4.479.824, DIPUTADO ANTE EL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO YARACUY; y los ciudadanos JUAN JOSÉ MAMPOSO HERNÁNDEZ, YANK CARLOS MAMPOSO HERNÁNDEZ, MARIANGEL MAMPOSO HERNÁNDEZ, MINELVIS CLAIRE MAMPOSO HERNÁNDEZ y DEIXY KARINA QUINTERO OJEDA, titulares de las cédulas de identidad números V-19.454.144, V-14.710.696, V-18.052.688, V-16.950.127, V-16.949.981, en su orden, sujetos procesales que intervienen en la presente causa, representados por el abogado SAMUEL EVANGELISTO LÓPEZ CASTILLO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número 67.209. En este estado, se hizo presente el ciudadano LUIS GREGORIO GALLARDO, titular de la cédula de identidad número V-10.365.166, DIRECTOR OPERATIVO DEL GABINETE DE CULTURA DEL ESTADO YARACUY. Igualmente se hace constar que hizo acto de presencia en la sala de audiencia, el ciudadano CARLOS EUFRACIO HOLDER HERRERA, titular de la cédula de identidad número V-10.759.178, COORDINADOR DE LA PLATAFORMA DE PATRIMONIO CULTURAL DEL ESTADO YARACUY. Acto seguido el Juez informa a las partes la el motivo de la audiencia, así como que no se limitará el tiempo para oír sus exposiciones, y realicen sus argumentos, defensas y excepciones, para la evacuación de las pruebas, así como se le concederá la palabra a un numero prudente de campesinos para que hagan sus exposiciones. En este estado, interviene el abogado FRANDY ALEXIS COLMENÁREZ, antes identificado, quien asiste en este acto a las partes solicitantes de la presente medida, e hizo su exposición. De seguidas, tomó la palabra el ciudadano así como intervino en la audiencia el ciudadano ANTONIO JOSÉ RODRÍGUEZ SUAREZ, ya identificado. Asimismo, hizo su intervención el ciudadano JUAN JOSÉ MAMPOSO HERNÁNDEZ, antes identificado. Seguidamente, hace su exposición el abogado SAMUEL EVANGELISTO LÓPEZ CASTILLO, quien asiste en este acto a los sujetos procesales, quién solicitó la acumulación de las causas, donde se solicitó Medida. Acto seguido, interviene el ciudadano DAVID JOSÉ VERASTEGUÍ COLINA, en su carácter de COORDINADOR DE LA OFICINA REGIONAL DE TIERRAS-YARACUY. Seguidamente, realiza su intervención, el ciudadano ING. JULIO CESAR TOVAR SÁNCHEZ, DIRECTOR DE INGENIERÍA Y CATASTRO MUNICIPAL. Luego, interviene la ciudadana PROF. YOSMARY GUEVARA, en su carácter de ALCALDESA DEL MUNICIPIO LA TRINIDAD DEL ESTADO YARACUY. De seguidas, hace su intervención la ciudadana MARÍA ANGÉLICA PÉREZ DE FLORES, ya identificada, representante del Consejo Comunal casitas de Durute. Asimismo, realiza su intervención el ciudadano LUIS GREGORIO GALLARDO, DIRECTOR OPERATIVO DEL GABINETE DE CULTURA DEL ESTADO YARACUY. Igualmente realiza su intervención el ciudadano IVÁN PASTOR APARICIO, DIPUTADO ANTE EL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO YARACUY. También tomaron la palabra los ciudadanos MINELVIS CLAIRE MAMPOSO HERNÁNDEZ, MARIANGEL MAMPOSO HERNÁNDEZ, YANK CARLOS MAMPOSO HERNÁNDEZ y DEIXY KARINA QUINTERO OJEDA, ya identificados. Tomando la palabra de seguida, el ciudadano CARLOS EUFRACIO HOLDER HERRERA, COORDINADOR DE LA PLATAFORMA DE PATRIMONIO CULTURAL DEL ESTADO YARACUY, así como de seguida la ciudadana ROMELIA CEDEÑO ARTEAGA, representante del Consejo Comunal Nuevo Boraure II. En este estado, el Juez ordenó la reproducción audiovisual de la Inspección Judicial practicada en fecha (05/10/2015), así como de la reproducción audiovisual consignada en este acto por el ciudadano Juan Mamposo. Seguidamente, el juez, vistas las reproducciones ordenadas, concede a las partes 5 minutos a cada uno para que expongan sus conclusiones. Oídas las conclusiones de las partes, el Tribunal se retira de la sala de audiencia por un lapso prudencial y luego retornará a la sala para dictar la dispositiva del fallo. Pasado un lapso de aproximadamente (30) minutos se reanuda la audiencia dictando el siguiente dispositivo: Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Se niega la solicitud de acumulación de causas conforme lo dispuesto en el artículo 81 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia el pronunciamiento sobre la solicitud de protección realizada por el ciudadano JUAN JOSE MAMPOSO HERNANDEZ, en la causa signada con el Nº 301 será proveída por separado bajo la referida numeración. SEGUNDO: Se decreta Medida de Protección a la Producción Agraria que se desarrolla en el Asentamiento Campesino Durute, Sector Las Mayas, Municipio la Trinidad del estado Yaracuy, por los solicitantes, específicamente sobre las siembras de batata, maíz, plátano, ocumo, yuca, auyama, pimentón, maní, cebolla, entre otros, que se encuentran amenazadas de pérdida o paralización por el cierre del paso a través del fundo de la familia Mamposo. Tal medida autónoma tendrá vigencia durante doce (12) meses por las características de la actividad agraria y en consideración a las actividades desarrolladas en las referidas unidades de producción. TERCERO: Como consecuencia del particular anterior se ordena al ciudadano JUAN JOSE MAMPOSO HERNANDEZ, suficientemente identificado, REABRIR el paso denominado “camino de Las Mayas” que atraviesa el fundo “LA FUNDADORA II”, desde el Asentamiento Campesino Durute hasta el Río Guama, específicamente desde las coordenadas UTM: este: 524955, norte: 1132502 hasta las coordenadas UTM: este: 525627, norte: 1130925 y este: 525629 y norte 1130905; debiendo respetarse el ancho de siete (7) metros; garantizando así la libre circulación y tránsito de campesinos, campesinas, productores y productoras, e integrantes de las comunidades Las Casitas de Durute, Sector El Lochal, El Cementerio, Pueblo Nuevo, Nuevo Boraure I y II, que circulen caminando o en vehículo; reanudando así el transporte por ese camino, de cosechas, rubros agrícolas, y demás materiales afectos a la actividad agrícola, en camiones, tractores, camionetas, motos, bicicletas, burros, caballos y demás vehículos de tracción de sangre (humana o animal) y mecánica. CUARTO: Se advierte al ciudadano JUAN JOSE MAMPOSO HERNANDEZ, que cuenta con un plazo de cuarenta y ocho (48) horas desde la lectura del presente dispositivo, para reabrir el paso en las condiciones antes mencionadas, so pena de incurrir en desobediencia a la autoridad, asimismo no podrán cerrar nuevamente el paso a menos que cuenten con sentencia definitivamente firme dictada dentro del procedimiento ordinario incoado al efecto y tramitado ante la autoridad competente. QUINTO: Se ordena notificar de la presente medida: al INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, en la persona de su Presidente con sede en la ciudad de Caracas y para la práctica de esta se ordena comisionar al Juzgado Primero Agrario de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas librando el correspondiente despacho con oficio; a la Oficina Regional del Instituto Nacional de Tierras del estado Yaracuy, a la Alcaldía del Municipio La Trinidad, al Gabinete Ministerial de Cultura del estado Yaracuy, a los Consejos Comunales de Las Casitas de Durute, Unión y Fuerza El Lochal, El Cementerio, Nuevo Boraure I y Nuevo Boraure II, a la Fundación “Ancestros Trinidenses” y a los ciudadanos JUAN MAMPOSO y YANK CARLOS MAMPOSO. SEXTO: La presente medida es vinculante para todas las autoridades públicas en acatamiento del principio Constitucional de Seguridad y Soberanía Nacional, ya que su incumplimiento pudiera ser considerado como desacato a la orden impartida por este Juzgado, protegiéndose y debiendo respetar la actividad agrícola desarrollada en el Asentamiento Campesino Durute, Sector Las Mayas, Municipio la Trinidad del estado Yaracuy. SÉPTIMO: Se fija como oportunidad para oponerse a la presente medida de Protección a la Producción Agraria, el tercer (3) día de despacho siguiente a la notificación de la presente medida, de conformidad con lo establecido en sentencia de Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia de fecha 9 de mayo de 2006, Sentencia Nº 962, caso Cervecería Polar Los Cortijos, que ordena la sustanciación de la presente medida, conforme al procedimiento pautado en los artículos 602 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, apercibiéndole que se le garantizará el derecho a la defensa y al debido proceso. OCTAVO: En virtud de la especial naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas. NOVENO: Publíquese la presente decisión en el portal Web del Tribunal Supremo de Justicia. Finalmente, siendo las dos y dieciocho minutos de la tarde (2:18 p.m.), se da por concluida la presente audiencia, la cual se dejó constancia en grabación audiovisual, y ordena reproducir la misma en disco compacto (CD) para anexarla al presente expediente; se retira el ciudadano Juez al igual que los intervinientes. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,
LA SECRETARIA,
EL ALGUACIL,
LA PARTE SOLICITANTE: ___________________, _____________________
_________________________, _____________________, ________________
_________________________, ______________________.
EL DEFENSOR PÚBLICO TERCERO: _______________________________.
PRESENTES: _________________________, _________________________,
____________________________________, __________________________, _____________________________________, _________________________.
ALCALDESA DEL MUNICIPIO
LA TRINIDAD DEL ESTADO YARACUY, _____________________________.
DIRECTOR DE INGENIERÍA Y CATASTRO
DEL MUNICIPIO LA TRINIDAD, ____________________________________.
SÍNDICO DEL MUNICIPIO LA TRINIDAD, _____________________________.
COORDINADOR DE LA OFICINA
REGIONAL DE TIERRAS-YARACUY, ________________________________.
JEFE DEL ÁREA DE LOS RECURSOS NATURALES
DE LA OFICINA REGIONAL DE TIERRAS-YARACUY, __________________.
REPRESENTANTES DE LA DIPUTADA WENDY TELLECHEA, PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE LÍMITES Y ASUNTOS TERRITORIALES DEL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO YARACUY:
JEFE DE PRENSA DEL CONSEJO
LEGISLATIVO DEL ESTADO YARACUY, ____________________________.
ASESORA JURÍDICA, ____________________________________________.
DIPUTADO ANTE EL CONSEJO
LEGISLATIVO DEL ESTADO YARACUY, ____________________________.
LOS SUJETOS PROCESALES, ___________________, ________________,
______________________, ____________________, ___________________.
REPRESENTANTE DE LOS
SUJETOS PROCESALES, ________________________________________.
DIRECTOR OPERATIVO DEL GABINETE
DE CULTURA DEL ESTADO YARACUY, _____________________________.
COORDINADOR DE LA PLATAFORMA DE
PATRIMONIO CULTURAL DEL ESTADO YARACUY, ___________________.
EXPEDIENTE N° JSA-2015-000300
CECH/CENM/mp
|