REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 7 de octubre de 2015
Años: 205º y 156º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos FREDDY ELISEO ARAMBULET, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, soltero, domiciliado en sector La Aduana, calle Principal, casa N° 27-11, municipio San Felipe, estado Yaracuy y titular de la cédula de identidad Nº 11.745.289 y FRANKLIN JOSÉ OVIEDO ALEJOS, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, soltero, domiciliado en el callejón 31, entre 8 y 9, casa N° 7-3, municipio Independencia, estado Yaracuy y titular de la cédula de identidad N° 12.725.221, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficiente, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la ciudadana MARÍA CENAIDA PÉREZ de GUTIÉRREZ, venezolana, mayor de edad, casada, hábil en derecho, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 3.286.382, representada por el abogado LUGARDIS ABDON OJEDA CASTILLO, inscrito en el Inpreabogado según matrícula número 243.966, sobre unas bienhechurías descritas en la solicitud, construidas en un área de terreno propio, ubicado en la avenida Carabobo, entre prolongación de la calle 8 y calle 9, municipio San Felipe, estado Yaracuy, que mide en su totalidad quinientos setenta y cuatro metros cuadrados con setenta y tres centímetros cuadrados (574,73 mts2) y un área de construcción de doscientos cuarenta y cinco metros cuadrados con setenta y cuatro metros cuadrados (245,74 mts2), el cual consiste en tres (3) locales comerciales, dichos locales constan de paredes de bloques, techo de platabanda, piso de granito, con puertas principales en estructura metálica respectivamente, los cuales se encuentran alinderados de la siguiente manera: Norte: entre sus vértices P-1 y P-2 con una longitud de 23,60 metros lineales, avenida Carabobo; Sur: entre sus vértices P-3 y P-4 con una longitud de 23,75 metros lineales, con calle 02 hermano Gutiérrez Pérez.- Este: entre sus vértices P-2 y P-3 con una longitud de 24,30 metros lineales, con prolongación calle 8; y Oeste: entre sus vértices P-4 y P-1, con una longitud de 24,37 metros lineales con José Zavala. El inmuebles está integrado por cuatro (4) áreas: Área “1”: tiene un área de terreno de ciento ochenta metros cuadrados (180,00 mts2) y un área de construcción de ciento ochenta metros cuadrados (180,00 mts2), alinderado de la siguiente manera Norte: entre sus vértices P-1 y P-1-1 con una longitud de 9,00 metros lineales, avenida Carabobo; Sur: entre sus vértices P-4-1 y P-4-2 con una longitud de 9,00 metros lineales, con casa de María Cenaida Pérez de Gutiérrez.- Este: entre sus vértices P-1-1 y P-1´/P-1´ y P-4-2 con una longitud de 5,00 metros lineales y 15,00 metros lineales, con área “2” y casa de María Cenaida Pérez de Gutiérrez y Oeste: entre sus vértices P-4-1 y P-1, con una longitud de 20,00 metros lineales con José Zabala. Área “2”: tiene un área de terreno de dieciocho metros cuadrados (18,00 mts2) y un área de construcción de dieciocho metros cuadrados (18,00 mts2), alinderado de la siguiente manera Norte: entre sus vértices P-1-1 y P-1-2 con una longitud de 3,60 metros lineales, con avenida Carabobo; Sur: entre sus vértices P-2´ y P -1´ con una longitud de 3,60 metros lineales, con casa de María Cenaida Pérez de Gutiérrez.- Este: entre sus vértices P-1-2 y P-2´ con una longitud de 5,00 metros lineales, con área “3” y Oeste: entre sus vértices P-1´ y P-1-1, con una longitud de 5,00 metros lineales con área “1”. Área “3”: tiene un área de terreno de veinte metros cuadrados (20,00 mts2) y un área de construcción de veinte metros cuadrados (20,00 mts2), alinderado de la siguiente manera Norte: entre sus vértices P-1-2 y P-1-3 con una longitud de 4,00 metros lineales, con avenida Carabobo; Sur: entre sus vértices P-3´ y P-2´ con una longitud de 4,00 metros lineales, con casa de María Cenaida Pérez de Gutiérrez.- Este: entre sus vértices P-1-3 / P-3´ con una longitud de 5,00 metros lineales, con casa de María Cenaida Pérez de Gutiérrez y Oeste: entre sus vértices P-2´ y P-1-2, con una longitud de 5,00 metros lineales con área “2”. Área “4”: tiene un área de terreno de veintisiete metros cuadrados con setenta y cuatro centímetros cuadrados (27,74 mts2) y un área de construcción de veintisiete metros cuadrados con setenta y cuatro centímetros cuadrados (27,74 mts2), alinderado de la siguiente manera Norte: entre sus vértices P-2-1 y P-2 con una longitud de 3.37 metros lineales, con avenida Carabobo; Sur: entre sus vértices P-3-1 y P-3-2 /P-3-3 y P-3-4 con una longitud de 1,25 metros lineales y 2,12 metros lineales, con casa de María Cenaida Pérez de Gutiérrez.- Este: entre sus vértices P-2 y P-3-1 con una longitud de 9,10 metros lineales, con prolongación calle 08 y Oeste: entre sus vértices P-3-2 y P-3-3 / P-3-4 y P-2-1 con una longitud de 1,75 metros lineales y 7,51 metros lineales con casa de María Cenaida Pérez de Gutiérrez.- Se dejan a salvo los derechos de terceros.- Entréguense a la solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
El Juez,
Abg. Raimond M. Gutiérrez M.
La Secretaria,
Abg. Andreina J. Rodríguez R.
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de dieciséis (16) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,
Abg. Andreina J. Rodríguez R.
Solic. N° 2.694/15/RMGM/AJRR/mcsm
SENTENCIA NUMERO: 1.798-15
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