REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 4 de abril de 2.016
Años: 205º y 157º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanas: ZEIRYN LORREIN HERNÁNDEZ CASTILLO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº 19.615.871, domiciliado en la comunidad Montes de Oro, sector I, parroquia Albarico, municipio San Felipe del estado Yaracuy y MORESBY YURISBET CASTILLO DOUGLAS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº 16.110.679, domiciliada en la calle 5 Medeo Saturno, casa s/n, San Javier, municipio San Felipe del estado Yaracuy, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano DOUGLAS RAFAEL CASTILLO ÁLVAREZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número 5.566.778, sobre unas bienhechurías construidas en un área de terreno Municipal, que mide CIENTO CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y CINCO CENTIMETROS (141,95 m2), con un área de construcción total de CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CUARENTA CENTIMETROS (57,40 m2), ubicado en la vereda 7, entre vereda 6 y 8, Nuevo Marín, casa número 6, parroquia San Javier, municipio San Felipe del estado Yaracuy. Dichas bienhechurías constan de las siguientes características: una (1) casa de habitación construida con paredes de bloques de concreto, piso de cemento pulido, techo de acerolit, ventanas y protectores de hierro, distribuido de la siguiente forma: un (1) baño, dos (2) dormitorios, una (1) sala, un (1) comedor y una (1) cocina; comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: casa y solar de Evelin Ostos (14,45 ML); SUR: casa y solar de Norma Fernández (14,30 ML); ESTE: solar de la casa Soraida Sánchez (10,00 ML); y OESTE: vereda 7 que es su frente (9,75 ML); el valor invertido en la construcción es la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 250.000,00). Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
El Juez Provisorio,


Abog. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
La Secretaria,



Abog. ERMILA RODRÍGUEZ
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de nueve (9) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,



Solicitud Nº 1096-16/ajab Abog. ERMILA RODRÍGUEZ