REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE
LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Urachiche, 07 de Abril de 2016
Años: 205° y 157°
Exp. Nº 2208-2015.-
(Titulo Supletorio)
Vista la solicitud formulada por el ciudadano MERBIN JOSE CASTILLO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-22.319.809, al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, ciudadanos DELSY JOSEFINA OVIEDO y PABLO JOSE YBAÑEZ GRATEROL, titulares de las Cedulas de Identidad Nros V-7.514.388 y V-10.374.921 respectivamente; este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano: MERBIN JOSE CASTILLO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-22.319.809; sobre unas bienhechurías en un terreno propiedad del municipio, con una extensión de: CIENTO SESENTA METROS CUADRADOS (160,00Mts²) ubicado en la calle 01, Sector 24 de Junio, Sabana de Parra, Municipio José Antonio Páez, Estado Yaracuy; alinderado de la siguiente manera: NORTE: Parcela y Casa Sra. Aracelis Mendoza; SUR: Parcela y Casa Sr. Nelson Álvarez; ESTE: Parcela y Vivienda Sr. Pedro Arroyo; OESTE: Calle 01. Las bienhechurías consisten en una fundación para una casa, la cual consta de paredes de bloque; con un área de construcción de TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON VEINTE CENTIMETROS CUADRADOS (37,20Mts²). Devuélvase original al interesado a los fines solicitados, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 555 del Código Civil. Déjese copia de esta providencia.
La Juez Temporal,
Abg. MARIA TERESA SCALA LODATO;
La Secretaria,
Abg. Yuly R. Suárez V.
En la misma fecha se devuelve constante de NUEVE (09) folios útiles.
La Secretaria,
Abg. Yuly R. Suárez V.
La Suscrita Secretaria del Tribunal de Municipio y Ejecutor de Medidas de los Municipios Urachiche y José Antonio Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, CERTIFICA: que la copia que antecede es traslado fiel y exacto del original que la contiene, la cual corre inserta al folio 09 del expediente distinguido con el Nº 2208-2015. Urachiche, a los SIETE (07) días del mes de Abril de 2016.-
La Secretaria,
Abg. Yuly R. Suárez V.
MTSL / gcps.-
|