REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, nueve (09) de agosto de (2016)
(206° y 157°)
ACTA DE AUDIENCIA LECTURA DE DISPOSITIVA DEL FALLO
En horas de Despacho del día de hoy, martes nueve (9) de agosto de (2016), siendo las dos horas de la tarde (02:00 p.m.) día y hora fijada por este Juzgado según acta de única audiencia oral de fecha (05-08-2016), celebrada de conformidad a lo dispuesto en el artículo 168 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, para que se lleve a cabo la LECTURA DE LA DISPOSITIVA DEL FALLO, con motivo de la sustanciación de las Medidas Cautelares solicitadas en el marco del Recurso Contencioso Administrativo Agrario de Nulidad, que se sustancia bajo el número JSA-2016-000342 (nomenclatura particular de este Juzgado). Seguidamente, se anunció dicho acto en las puertas del Tribunal. Presentes en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, los Abogados CAMILO ERNESTO CHACÓN HERRERA, CARMEN ELENA NÚÑEZ MIRANDA y ANTONIO LUÍS ROJAS PARRA, con el carácter de Juez Provisorio, Secretaria y Alguacil de este Tribunal, respectivamente. Acto seguido el ciudadano Juez, expone: “Ciudadana Secretaria sírvase dar lectura del motivo de la presente audiencia e indicar las partes presentes”. Seguidamente, la Secretaria manifiesta: “Ciudadano Juez, se le informa que la presente audiencia oral se celebra en las MEDIDAS DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS; DE PROTECCIÓN AGROALIMENTARIA; MEDIDA PREVENTIVA PARA EL NOMBRAMIENTO DE JUNTA ADMINISTRADORA y MEDIDA PROVISIONAL PARA EL ACCESO AL PREDIO “MARÍA II”, que se sustancian por separado en el marco del RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AGRARIO DE NULIDAD, bajo el número de Expediente JSA-2016-000342, interpuesto por la ciudadana NORIS JOSEFINA SALAZAR QUINTERO, venezolana y titular de la cédula de identidad número V-10.861.426; actuando como causahabiente del ciudadano LUÍS OSWALDO VELIZ (†), contra el Instituto Nacional de Tierras (INTI), a los fines de dictar LA DISPOSITIVA DEL FALLO, en cada uno de los Cuadernos de Medidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 168 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Se encuentran presentes la ciudadana NORIS JOSEFINA SALAZAR QUINTERO, venezolana y titular de la cédula de identidad número V-10.861.426; el Abogado JULIO CESAR BRACHO MONTEZUMA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 194.309, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente; el Abogado HENRY JACOB MOTA FERNÁNDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad número V-4.122.944, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 13.181, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrida, Instituto Nacional de Tierras (INTI); la ciudadana LUISA ANGÉLICA VELIZ SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-18.660.367; el abogado OSMONDY CASTILLO SÁNCHEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 56.246, actuando en su carácter de Defensor Público Primero en Materia Agraria, adscrito a la Defensa Pública del estado Yaracuy; y la ciudadana MARÍA NATIVIDAD VELIZ SALAZAR; venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V-16.454.425. Seguidamente toma la palabra el ciudadano Juez, expresando unas breves disertaciones de hecho y de derecho, para dictar la dispositiva del fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 168 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, dictando de seguida la dispositiva de la MEDIDA PREVENTIVA PARA EL NOMBRAMIENTO DE LA JUNTA ADMINISTRADORA, en los siguientes términos: -DISPOSITIVA- Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: COMPETENTE para conocer y sustanciar la SOLICITUD DE MEDIDA PREVENTIVA PARA EL NOMBRAMIENTO DE JUNTA ADMINISTRADORA AD HOC. SEGUNDO: Se declara IMPROCEDENTE la medida cautelar de NOMBRAMIENTO DE JUNTA ADMINISTRADORA AD HOC solicitada por la ciudadana NORIS JOSEFINA SALAZAR QUINTERO, venezolana y titular de la cédula de identidad número V-10.861.426; actuando en este acto como causahabiente del ciudadano LUÍS OSWALDO VELIZ (†), representada judicialmente por el Abogado JULIO CESAR BRACHO MONTEZUMA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 194.309. TERCERO: La presente decisión se dicta dentro del término legal establecido en el artículo 168 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. CUARTO: En virtud de la especial naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas. QUINTO: Publíquese la presente decisión en el portal Web del Tribunal Supremo de Justicia. En este estado, se informa a las partes que el Texto íntegro de la decisión será publicado el mismo día de hoy. Se da por concluida la presente audiencia, la cual se dejó constancia en grabación audiovisual, y ordena reproducir la misma en disco compacto (CD) para anexarla al presente expediente, así como la presente acta; se retira el ciudadano Juez al igual que los intervinientes, siendo las dos y veinticinco minutos de la tarde (02:25 p.m.), Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ
LA SECRETARIA
EL ALGUACIL
LA RECURRENTE, APODERADO JUDICIAL
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APODERADO JUDICIAL DEFENSOR PÚBLICO PRIMERO
INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS EN MATERIA AGRARIA
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PRESENTES EN LA AUDIENCIA
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_____________________________ TERCERA INTERESADA
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EXP. Nº JSA-2016-000342
CECH/CENM/
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