REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 3 de agosto de 2016
Años: 206º y 157º

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanas LUCIA MELINA CUEVAS ESCUDERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.108.420, domiciliado en la avenida Miranda, calle 24-A, casa Nº 17-11, Palito Blanco, Municipio La Trinidad, estado Yaracuy, y GISELA MARGOT DE LA ROSA AGUERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.095.354, domiciliada en la urbanización El Rosal, calle 3, casa I08, Municipio Cocorote del estado Yaracuy, sin perjuicios de terceros de igual o mejores derechos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos CORINA DEL CARMEN CONTRERAS de URBINA, XIOMARA JOSEFINA URBINA CONTRERAS, ALEJANDRO JOSE URBINA CONTRERAS y MARIOSKY ELENA URBINA CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.918.580, 5.778.585, 10.318.567 y 23.316.220 respectivamente, del ciudadano GILBERTO DEL CARMEN URBINA VIZCAYA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.262.825. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia en el archivo del Tribunal.
El Juez Provisorio,


Abog. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
La Secretaria,

Abog. ERMILA RODRIGUEZ

En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de veintinueve (29) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,

Abog. ERMILA RODRIGUEZ
Sol. N° 1257/cg.-