REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 04 de Agosto de 2.016
Años: 206° y 157°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: URBANA CLEMENCIA RAMIREZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-3.256.749, domiciliada en la Avenida 13 con Calle 2 de la Peñita de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y MARLENE MARIA FRANICH OESTETERSEK, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-8.510.600, domiciliada en la Calle 3 entre 12 y 13, la Peñita de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana: JOSE NATALIO RAMIREZ PERAZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 4.482.945, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que el solicitante dice poseer sobre un lote de terreno Municipal, ubicado en la Avenida 13 entre Calles 3 y 4, Comunidad la Peñita, en un área Total de Terreno de 366,30 Mts2 y un Área de Construcción de 47,61 Mts2, dicha bienhechuría posee las siguientes características: una casa construida con paredes de bloques de cemento, techo de acerolit, piso de cemento, estructura de techo metálica, distribuida de la siguiente manera: un (1) baño, una (1) sala-cocina-comedor, una (1) habitación, tres (3) puertas metálicas. Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Avenida 13 su frente, en 10,70 ml SUR: Casa que es o fue de Familia Acosta, en 11,30 ml; ESTE: Casa que es o fue de Familia Morillo en 33,30 ml; OESTE: Casa Casa que es o fue de Familia Figueroa en 33,30 ml; según se evidencia en la Certificado de Empadronamiento, Código Catastral Nº 22 03 01 AUR 112 06 07, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 26 de Abril del año 2016. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, este Juzgado ACUERDA darle salida y devolver lo actuado a la solicitante. Déjese constancia en el libro diario Se le asignó el Nº 4120/2016.-
El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
El Secretario Temporal,
Abg. EDWIN GODOY.-
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