REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 08 de Agosto del 2016
Años: 206º y 157º

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por las partes interesadas, ciudadanos ANIVAL JESUS OVIEDO HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-11.649.154, domiciliado en la Urbanización Nueva Esperanza, calle 01 casa 01-15, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y WILLIAMS AGUSTIN YUSTI RODRIGUEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-9.956.319, domiciliado en la Urbanización Nueva Esperanza, calle 01, casa Nº 04, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones, TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor del Ciudadano GEOMAR ANTONIO ARTEAGA OCHOA, titular de la cédula de identidad Nº V-16.824.570; sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurías en un área de terreno propiedad del INTI, que les pertenecen según consta en el Certificado de Empadronamiento Nº 22-03-01-AUR-116-14-08, de fecha 10 de Junio de 2015 y mide aproximadamente CIENTO CINCUENTA METROS CUADRADOS (150,00Mts2), con un área de construcción de VEINTICUATRO METROS CUADRADOS (24,00Mts2), ubicadas en la CALLE 01 ENTRE AVENIDAS 01 Y 02, COMUNIDAD NUEVA ESPERANZA, DE LA CIUDAD DE CHIVACOA, MUNICIPIO BRUZUAL ESTADO YARACUY, consistente en un inmueble distribuido de la siguiente manera: una (01) casa, de una (01) sola pieza, construidas con paredes de bloque frisadas, techo de zinc, piso de cemento pulido, una (01) puerta de hierro y una (01) ventana tipo protector de cabilla cuadrada y un (01) baño, con sus servicios de agua potable, y electricidad, cercada con empalizada construida con estantillos de madera viva y muerta con ocho (08) cintas de alambre de púas; cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es ó fue de José Ortiz con 15,00 ml; SUR: Casa que es ó fue de Oswaldo Campo con 15,00 ml; ESTE: Casa que es ó fue de Justo Peralta con 10,00 ml; OESTE: Calle 01 su frente con 10,00 ml; Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada.
El Juez,

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
El Secretario,

Abg. Edwin Godoy




Solicitud Nº4130-2016
Abg. EBA/mzcb.-