REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 7 de diciembre del 2.016
Años: 206º y 157º
Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento, sus anexos y las declaraciones de los testigos hábiles presentados por la parte interesada, ciudadanos YOLEIDA BEATRIZ AGUILAR AGUILAR, venezolana, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 11.647.184, y el ciudadano OTTONIEL DARIO RIERA ARTEAGA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-17.698.019; este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del de Cujus ciudadano IVOR ENRIQUE TOVAR VELIZ, quién era venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-5.457.750; suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponde a los ciudadanos DANIELA JOSÉ TOVAR BLANCO y HEMBER ENRIQUE TOVAR GUILLEN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-19.614.360 y V-15.768.720 respectivamente. Quedan a salvo los derechos de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse a los solicitantes, las presentes actuaciones que forman la presente solicitud Nº 3.304-16 y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal.
La Jueza Temporal,
Abg. María Elena Camacaro
La Secretaria Temporal,
T.S.U. María Sira
En la misma fecha, se devuelve original con sus resultas, constante de 23 folios útiles.
La Secretaria Temporal,
T.S.U. María Sira
SOL. 3304-16
SENTENCIA NUMERO: 2400-16
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