REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 12 de Diciembre de 2.016
Años: 206° y 157°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos: EDWIN RAMÓN AGUDELO ARRIECHI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro.10.545.809, domiciliado en Alto el Rio, sector Barrio Nuevo Parroquia Campo Elías del Municipio Bruzual del estado Yaracuy e IRMA VIRNAY HEREDIA DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro 16.973.675 domiciliada en Alto el Rio, Barrio nuevo, Parroquia Campo Elías del Municipio Bruzual del estado Yaracuy. Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del ciudadano MARTIN JOSE ESPINOZA CORONA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.727.596 de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que los solicitantes dicen poseer sobre un Área de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI) que tiene una superficie de DOCIENTOS OCHO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y TRES CENTIMETROS (208,33 MTS2), en un área de construcción de SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON CUARENTA CENTIMETROS (68,40 MTS2), Vía de acceso a la calle 2 entre Vía Agrícola y Callejón cancha, Comunidad Alto del Rio. Parroquia Campo Elías Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Con las siguientes características: Una (01) casa construida con paredes de bloques, columnas de cabilla y cemento, piso de cemento rustico, techo de zinc con estructura de hierro en tubo de 2x1, con Tres (03) ventanas y Una (01) puerta de hierro; la cual consta de Un (01) porche, Tres (03) habitaciones, Una (01) sala-comedor, Una (01) cocina, Una (01) baño externo, Un (01) lavadero externo, cercada con pared de bloques y cerca de alambre,

Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Ezequiel Duran, en 17,20 m. SUR: Casa que es o fue de la familia Duran, en 18,20 m; ESTE: Casa que es o fue de Antonio Agatón y vía de acceso a la calle 2 su frente en 12,00 m; OESTE: Casas que es o fue de Ezequiel Loyo en 11,60 m; según se evidencia en el CEDULA CATASTRAL, Código Catastral Nº 22 – 03 – 02 – AR– 117 – 25 – 12, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 14 de Noviembre del año 2016. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, este Juzgado ACUERDA darle salida y devolver lo actuado a la solicitante. Déjese constancia en el libro diario Se le asignó el Nº 4221/2016.-

El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
El Secretario,
Abg. EDWIN GODOY.-



Abg. EBA/EG/Yurianner.-