REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
SAN FELIPE, 25 DE ENERO DE 2016
AÑOS 205° Y 156°
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos ALVAREZ YANEZ VICTOR ALEXIS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-4.970.764 y CEDEÑO RAFAEL ANTONIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.517.489, respectivamente, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano, JOSÉ QUEVEDO RAMÍREZ ARAUJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-4.485.041, sobre unas bienhechurías, construidas sobre un área de terreno Propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), ubicado en el sector la Trilla, Parroquia Albarico, del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, con área que mide aproximadamente CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UN METROS CUADRADOS (4.371,00 Mts2); con un área de pared perimetral de CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (465,00 Mts2) y una casa con un área de CIENTO DOS METROS CUADRADOS CON DIECISIETE CENTÍMETROS (102,17 Mts2) para un total de área de construcción de QUINIENTOS SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON DIECISIETE CENTÍMETROS (567,17 Mts2), comprendidos dentro de los siguientes linderos: NORTE: Casa y solar que es o fue de María Vivas, con 69,90 metros lineales; SUR: Calle principal, con 49,50 metros lineales; ESTE: Calle principal que es su frente, con 77,00 metros lineales y OESTE: Casa y solar que es o fue de María Vivas, con 69,44 metros lineales; las bienhechurías de la casa están constituidas por paredes de bloques de cemento, techo de acerolit, piso de concreto, puertas y ventanas metálicas, dos (02) tanques para almacenamiento de agua construido de concreto armado con una capacidad de 13.718 Lts y de 62.832 Lts respectivamente; quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros. Devuélvase a la parte interesada. Déjese copia de esta providencia.
LA JUEZ,
ABG. JOISIE J. JAMES PERAZA
LA SECRETARIA,
ABG. CELSA L., GÓNZALEZ A.
En la misma fecha de hoy, y tal como fue ordenado se devuelve constante de sus folios útiles.
LA SECRETARIA,
ABG. CELSA L., GÓNZALEZ A.