REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 19 de enero de 2016
Años: 205º y 156º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadana YESENIA ELIZABETH RAMÍREZ MEDINA, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en la comunidad Rosa Ines 21, vía la Morroquina, sector Las Tapias, municipio San Felipe, estado Yaracuy, y titular de la cédula de identidad Nº 20.465.362, y el ciudadano LUIS ALFONSO DÍAZ CORTEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en la calle 3, entre avenidas 6 y 7, casa N° 6-18, municipio San Felipe, estado Yaracuy, y titular de la cédula de identidad Nº 23.316.310; este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficiente, para asegurar el derecho de propiedad, a favor del ciudadano JESÚS ANTONIO TORRES FERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, soltero y titular de la cédula de identidad N° 15.483.143; sobre unas bienhechurías descritas en la solicitud, construidas en un área de terreno municipal, ubicado en Las Tapias I, carretera Panamericana con entrada Higuerón, parroquia San Felipe, municipio San Felipe, estado Yaracuy, con un área de terreno de setenta y nueve metros cuadrados con sesenta y dos centímetros cuadrados (79,62 mts2) y un área de construcción de setenta y nueve metros cuadrados con sesenta y dos centímetros cuadrados (79,62 mts2), el cual consiste en un (1) local, con dos (2) baños, construido con paredes de bloques gris, piso de cemento, cableado empotrado, puertas, portones y ventanas de hierros, techo de platabanda, cercada en bloques gris; se encuentra alinderado de la siguiente manera: Norte: carretera Panamericana, que es su frente con 11,22 metros lineales; Sur: casa y solar que es o fue de Manuel Bustamante, con 13,05 metros lineales; Este: casa y solar que es o fue de Paúl Sequera, con 6,26 metros lineales y; Oeste: antigua recuperadora de Eleazar Contreras y entrada Higuerón de por medio, con 4,00 y 2,90 metros lineales.- Se dejan a salvo los derechos de terceros.- Entréguense al solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
El Juez,
Abg. Raimond M. Gutiérrez M.
La Secretaria,
Abg. Andreina J. Rodríguez R.
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de nueve (9) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,
Abg. Andreina J. Rodríguez R.
Solic. N° 2.886/15/RMGM/AJRR/mcsm
SENTENCIA NUMERO: 2.097-16
|