REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 22 de Enero del 2016
Años: 205° y 156°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por las partes interesadas, ciudadanos ARELIS SANCHEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 12.938.622, con domicilio en La Comunidad de Los Bolivarianos de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y JUAN ANGEL MENDOZA UZCATEGUI, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.469.434, con domicilio en la Comunidad de los Bolivarianos de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la ciudadana ELYMAR CAROLINA AGUILAR PERDOMO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 20.542.022; sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que la solicitante fomentó en un Lote de Terreno de mayor extensión, Propiedad Privada (Inversiones y Construcciones Rolca C.A) que mide CIENTO OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CINCO CENTIMETROS ( 186,35 Mts 2), en un área de construcción de OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CINCO CENTIMETROS ( 86,35 Mts2), Ubicada en La Calle 4 entre calles 3 y 8 Comunidad Los Bolivarianos Chivacoa, Municipio Bruzual Estado Yaracuy, consistente de una casa construida con paredes de Bloques, techo de acerolit, piso de cemento rustico, distribuida en un garaje, una sala, con una puerta de hierro y una ventana de aluminio con vidrio tipo






panorámica, con protector de tubo cuadrado de 1 x 1, un baño y un corredor
trasero, con sus servicios de aguas blancas, cercadas por sus laterales y fondo con paredes de bloques, por su frente con estantillos de madera viva y muerta con seis cintas de alambres de puas; cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Calle 4 su frente en 10.10 ml; SUR: Casa y solar de Enyelber Rivero en 10.10 ml; ESTE: Casa y solar de Loany Rivero en 18.45 ml; OESTE: Casa y solar de Julio Orta en 18.45 ml. Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento Nº 22-03-01-U01-120-54-10, Otorgado por la Dirección de Castrato del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 26 de Noviembre del año 2014. Devuélvase original Con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el No. 4006/2015.-

El Juez,


Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,


Abg. Erlen Martínez


EBA/EM/klency.-