REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. ACTUANDO EN ESTA SEDE DE MANERA TRANSITORIA.

Chivacoa: 15 de Enero de 2016
AÑOS: 205º y 156º

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos BELKYS LISBETH MUJICA DÍAZ y CARLOS LUIS TOVAR OCHOA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-15.482.849 y V-15.966.377, ambos domiciliados en Los Chucos Urbanización Santa Eduvigis, Final de la Calle, Casa S/N, Guama Municipio Sucre del Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCERO DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurías en un lote de terreno de propiedad del Instituto Nacional de Tierras, (INTI), ubicado final de la Calle Principal Los Pozones-Sta Eduvigis, Urbanización La Milagrosa, Casa S/N de la Comunidad Los Chucos, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, en un área regular de: DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CUATRO CENTIMETROS (234,34 M2), alinderado de la siguiente manera NORTE: Calle de Servicio, SUR: Casa y Solar de Diana Moreno, ESTE: Terreno ocupado por Patricia Moreno y OESTE: Calle de Servicio, bienhechurías consistente en un área de construcción constituida por una (01) vivienda distribuida así: Paredes de bloques totalmente frisadas, entrada principal protegida con una (01) puerta de hierro con sus respectivo protector de hierro y al fondo puerta de hierro con su protector, techo de acerolit, dos (02) cuartos, un (01) baño equipado con lavamanos y sanitario empotrado en cloacas con paredes y piso de cerámica, sala cocina, porche, en la cual en dichas bienhechurías invirtió la suma de DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs.200.000,00), a favor de la ciudadana: LORENA TIBISAY MORENO DÍAZ, venezolana, mayor de edad, soltera, hábil en derecho, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.156.650. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada, a los efectos indicados en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, una vez que sean proveídas por esta las copias fotostáticas relativas a la misma.
El Juez Temporal,

Abg. Villasmil Antonio Petit
La Secretaria Temporal,

Abg. Mónica del Sagrario Cardona Peña
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las nueve de la mañana (9:00 am) se registró y publicó la anterior decisión.
La Secretaria Temporal,

Abg. Mónica del Sagrario Cardona Peña

VAP/mdelscp
N° 224/15