REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. ACTUANDO EN ESTA SEDE DE MANERA TRANSITORIA.

Chivacoa, 22 de enero de 2016
AÑOS: 205º y 156º

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos YOLIMAR YANETT TORRES PARRA, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.517.491 y domiciliada en la calle Comercio frente a la Plaza Bolívar de Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy y RAFAEL ALBERTO LÓPEZ SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.122.683 y domiciliado en la calle Occidente frente a la UNEY, Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCERO DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurías en un área de terreno propiedad del Municipio Sucre, ubicadas en la Calle El Cementerio de Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, ha construido a sus solas y únicas expensas unas bienhechurías con medidas irregulares que suman CIENTO DOS CON SESENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (102,66 M2), de paredes frisadas, piso de concreto rústico, techo de losa nervada, dos (2) baños y un (1) Local, constituidas sobre un terreno Municipal de DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS CON CINCUENTA METROS CUADRADOS (276,50 M2), alinderadas de la siguiente manera: NORTE: Calle El Cementerio; SUR: Márgenes del Río Guama; ESTE: Plaza La Pilita; y OESTE: Casa de la Señora María Garcés. El costo de estas bienhechurías es por la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.200.000,oo); a favor de la ciudadana: YNDIRA YSABEL GIMÉNEZ FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.645.043. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada y Notifíquese mediante oficio a la ciudadana Sindico Procuradora del Municipio Sucre del Estado Yaracuy sobre el presente fallo, de conformidad con la parte in fine del Artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, y una vez cumplido este requisito, devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, una vez que sean provistas por esta las copias fotostáticas relativas a la misma.
El Juez Temporal,

Abg° Giovanni Alfonso Ramírez Marín
El Secretario,

Abg. Villasmil Antonio Petit
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las once de la mañana (11:00 a.m) se registró y publicó la anterior decisión.
El Secretario,

Abg. Villasmil Antonio Petit

GARM/vap/czd
N° 239/15