REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. ACTUANDO EN ESTA SEDE DE MANERA TRANSITORIA.

Chivacoa: 28 de enero de 2016
AÑOS: 205º y 156º

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos REINA OLIVIA RODRÍGUEZ ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.109.744, residenciada en el sector Las Marías, calle 4 parcela 48, Boraure, Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy y PEDRO JOSÉ LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.368.439, residenciado en el sector Las Marías, calle 4 parcela 48, Boraure, Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCERO DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre un lote de terreno privado según informe N° 04/2016, emanado de la Dirección de Planificación y Desarrollo Urbano, Coordinación de Catastro de la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Yaracuy, de fecha 13 de Enero de 2016, ubicado en el sector La Esmeralda I, Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, el terreno posee un área de Doscientos Veinticinco Metros Cuadrados (225.00 M2), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Casa y solar de la Señora Raquel Fuentes; SUR: Calle N° 1; ESTE: Solar ocupado por la señora Yenny Carolina Camacho Navea y OESTE: Casa y terreno ocupado por el Señor Gustavo Fuentes; ha construido a sus propias expensas, con dinero de su propio peculio unas bienhechurías consistente en: Un casa de tres (3) habitaciones, una (1) sala, un (1) comedor, una (1) cocina, un (1) baño, paredes de bloques frisado, techo de zinc, piso de cemento, dos (2) puertas de metal, cinco (5) ventanas de romanilla con protectores de hierro y cercada de alambre púa con estantillo, con un área de construcción que mide Noventa y Siete Metros Cuadrados con Cuarenta y Seis Centímetros (97,46 M2), todo lo cual comprende costo de DOS MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 2.000.000,00), a favor de la ciudadana YENNY CAROLINA CAMACHO NAVEA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.261.084. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada, a los efectos indicados en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, una vez que sean proveídas por esta las copias fotostáticas relativas a la misma.
El Juez Temporal,

Abg. Giovanny Alfonso Ramírez Marín.
El Secretario,

Abg. Villasmil Antonio Petit
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las nueve de la mañana (09:00 Am) se registró y publicó la anterior decisión.
El Secretario,

Abg. Villasmil Antonio Petit


GARM/vap/mcgv
N° 254/16