REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 03 de Febrero del 2.016.
Años: 205° y 156°
Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, OFELIA MARGARITA TORRES PALENCIA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V-7.500.307 y domiciliada en la calle 35 entre avenidas 06 y 05, casa s/n, del Municipio Independencia del Estado Yaracuy, y ERNESTO GUZMÁN ESTRELLA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número V-9.437.670 y domiciliado en al final de la calle del colegio de Abogados, sector Colegio de Abogados, casa s/n, del Municipio Independencia Estado Yaracuy, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente, para asegurar el derecho que le corresponde a los ciudadanos PAULA ROSA ARIAS DE VELIZ, INGRI YULIMAR VELIZ ARIAS, MELISSA YULIS VELIZ ARIAS, YELENIA ROSANNY VELIZ ARIAS, LISBETH MORAILET VELIZ ARIAS, YHOFRE RAÚL VELIZ ESCALONA, MEILIS MARÍA VELIZ ARIAS, YORDY ABEDNEGO VELIZ ARIAS, YAINA TERESA VELIZ ARIAS, y FRANCYS PAOLA VELIZ ARIAS, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.907.936, V-17.254.571, V-19.062.386 (tal como se evidencia en copia de cédula anexa), V-20.888.322, V-16.950.021, V-22.308.094, V-19.063.754, V-24.002.037, V-25.584.673 y V-25.833.006 respectivamente, cónyuge e hijos del de Cujus ciudadano MARCOS RAÚL VELIZ, quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-7.508.001; quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros. Devuélvase a la parte interesada. Déjese copia de esta providencia.
LA JUEZ,
ABG. JOISIE J. JAMES PERAZA.
LA SECRETARIA,
ABG. CELSA L. GONZÁLEZ A.
En la misma fecha de hoy, y tal como fue ordenado se devuelve constante de sus folios útiles.
LA SECRETARIA,
ABG. CELSA L. GONZÁLEZ A.