REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE EL





JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 03 de febrero del 2.016.
Años: 205° y 156°.

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada ciudadanos: FREDDYS ALEXANDER SANCHEZ RIOS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número V-11.273.498 y JORGE ENRIQUE ILARRAZA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número V-3.025.713, respectivamente, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente, para asegurar el derecho que le corresponde a la ciudadana: JOSEFINA GALINDEZ HERNANDEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-812.050, representada por los ciudadanos ROGER PASTOR FLORES GALINDEZ Y EDMUNDO SEGUNDO FLORES GALINDEZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Números V-5.241.987 y V-5.257.920, asistidos por el abogado ROMULO ESTANGA GRATEROL, inscripto en el Inpreabogado Nº 14.571, en su condición de progenitora de la ciudadana: COROMOTO FLORES GALINDEZ, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V-4.374.897, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros. Devuélvase a la parte interesada. Déjese copia de esta providencia.
LA JUEZA,

ABG. JOISIE J. JAMES PERAZA,
LA SECRETARIA,

ABG. CELSA L., GÓNZALEZ A.
En la misma fecha de hoy, y tal como fue ordenado se devuelve constante de sus folios útiles.

LA SECRETARIA,

ABG. CELSA L., GÓNZALEZ A.