REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 01 de Febrero de 2.016
Años: 205° y 156°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: IVETT YECSENIA NARVAEZ SUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 15.884.812 y domiciliada en La Comunidad de Ezequiel Zamora, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y AURA ROSA MEDINA PINEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.558.464 y domiciliada en la Comunidad de Ezequiel Zamora, Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana: PETRA CENOVIA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.381.454 de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que la solicitante dice poseer sobre un lote de terreno Municipal que mide una superficie de TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y OCHO CENTIMETROS (378,78 MTS 2), en un área de construcción de R4: CIENTO CUARENTA METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y SIETE CENTÍMETROS (140,97 MTS 2), ubicado en la Calle 22, Entre Callejón Juan José Caldera y Callejón Luis León Arocha, Comunidad Ezequiel Zamora, Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Con las siguientes características: Una casa, construida con paredes de bloque techo de zinc y acerolit, piso de cemento pulido, distribuida de la siguiente manera: Una (1) sala con una (1) puerta de hierro y una (1) ventana tipo protector de cabilla cuadrada, una (1) cocina – comedor, con una puerta tipo protector de cabilla cuadrada y una ventana de hierro, cinco (5) habitaciones con puerta de hierro y un (1) baño, con sus servicios de aguas blanca, aguas servidas y electricidad, cercada así, por su frente con paredes de bloque y portón corredizo de hierro, por sus laterales derecho e izquierdo la mitad con paredes de bloque y por su fondo con paredes de bloque propiedad del vecino. Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Alba Escorihuela, en 34,40 ml SUR: Casa que es o fue de Domingo Soto, en 34,90 ml; ESTE: Calle 22 su frente, en 12,15 ml; OESTE: Casa que es o fue de Manuel Nobrega, en 10.00 ml; según se evidencia en el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO, Código Catastral Nº 22 – 03 – 01 – U01 – 107 – 54 – 08, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 26 de Marzo del año 2015. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada. Se le asignó el Nº 3952/2015.-
El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
Abg. ERLEN MARTÍNEZ.-