REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 27 de JULIO de 2016
Años: 206º y 157º

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de las testigos presentados por la parte interesada, ciudadanas CARLOS LUIS SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.389.776, domiciliado en el sector El Campito, calle principal, casa S/N, Municipio Independencia estado Yaracuy; y ENRIQUE JOSE HENRIQUEZ MENA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.459.669, avenida José Joaquín Veroes, entre calle 14 y 15, casa Nº 14-16, Municipio San Felipe del estado Yaracuy, este Juzgado Tercero de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana NAISE ALEIDA YANCE DE LUGO, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de Identidad Nro. 5.456.756, asistida por la abogada ESIAN LUGO, titular de cedula de identidad Nro. 17.255.593; sobre unas bienhechurías, construidas en un área de terreno propiedad privada, que mide, en su totalidad doscientos metros cuadrados (200,00 mts2) y un área total de construcción de doscientos cuatro metros cuadrados con noventa y ocho centímetros cuadrados (204,98 mts2) con un valor aproximado de trescientos mil Bolívares (Bs. 300.000,00), ubicado en la urbanización San Antonio, transversal 10, casa Nº 21-8-A, Municipio San Felipe del estado Yaracuy, la cual consiste en una casa unifamiliar consistente de: una (01) sala - comedor, cocina empotrada, tres (03) dormitorios los cuales constan con puertas de madera y ventanas con vidrios con protector, una (01) biblioteca con puerta madera, ventana de hierro y vidrios con su protector, un (01) patio con su lavadero con una (01) puerta de hierro con vidrio, dos (02) baños con sus instalaciones y cerámica, techo de platabanda, piso de cerámica, paredes de bloques acabado liso (frisados), igualmente consta con sus instalaciones para conducir el agua potable, luz eléctrica e instalaciones para el desalojo de las aguas negra, la entrada principal de la vivienda consta de una (01) puerta de madera con protector de hierro, y una (01) ventana de madera con su protector de hierro, el frente del inmueble consta de cerca de bloques y rejillas, portón de hierro, y escaleras construidas de cemento y hierro forjado comunica la planta alta de la vivienda. Así mismo el inmueble está compuesto por tres (03) anexo, los cuales se describe a continuación: (Planta Baja) Anexo 1-B: Constituido por una (01) sala, cocina-comedor, un (01) dormitorio con su ventana de vidrios y protector de hierro, un (01) baño con sus instalaciones y cerámica, piso de cerámica, cuenta con sus instalaciones para conducir el agua potable, luz eléctrica e instalaciones para el desalojo de las aguas negra, techo de platabanda, de paredes de bloques acabado liso (frisados), dos (02) puertas de hierro con vidrios, y una (01) venta de hierro con vidrios y su protector de hierro. Anexo 2-B: En el mismo se encuentra construido garaje y porche de la vivienda principal, los cuales constan de paredes pulidas (frisadas), piso de cerámica tipo caico, y techo de platabanda. Anexo N° 1-A (planta alta): compuesto por una (01) sala – cocina, dos (02) dormitorio con puertas de maderas, un (01) baño con sus instalaciones y cerámica, piso de cemento pulido, techo de acerolit, el mismo consta con una (01) puerta de hierro tipo protector, y una (01) venta de vidrio con protector de hierro, (01) lavadero con sus instalaciones y piso de cerámica. El cual se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: Casa identificada con el Nº 21-8-B, de la misma parcela Nº 21-8 de la referida manzana Nº 21. SUR: Parcela Nº 21-7, de la misma manzana Nº 21. ESTE: Transversal 10 y OESTE: Parcela Nº 21-2 de la referida manzana Nº 21. Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
El Juez Provisorio,


Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
La Secretaria,

Abg. ERMILA RÒDRIGUEZ

En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de veintiocho (28) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,

Abg. ERMILA RÒDRIGUEZ
Solicitud Nº 1266
TLR/ER/cmgl